El home office les ahorra a las empresas 86,000 pesos anuales por trabajador: STPS

Fecha de publicación16 Marzo 2023
Foto: Especial (Pixabay)
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Gerardo Hernández

Por Gerardo Hernández

La STPS envió a la Conamer la última versión de la NOM de Teletrabajo y el análisis de su impacto regulatorio, en éste se estima que los ahorros y beneficios de la implementación del modelo pueden ser mucho mayores que la inversión que deben realizar las empresas.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) estima que el teletrabajo puede representar ahorros para las empresas por arriba de los 86,000 pesos anuales por empleado, esto sólo si se considera una modalidad de tres días de trabajo remoto.

Esta cifra es parte del análisis del impacto regulatorio del proyecto final de la NOM de Teletrabajo enviado por la dependencia a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer). Es decir, una empresa con 100 trabajadores bajo el esquema de trabajo remoto, tendría un ahorro anual de 8.6 millones de pesos, según las estimaciones de la dependencia.

En contraste, los cálculos de la STPS indican que la erogación que harán las empresas para el cumplimiento de la norma será de máximo de 22,362 pesos anuales por trabajador, considerando costos directos e indirectos. Sin embargo, el costo podría ser únicamente de 2,024 pesos anuales si los gastos se limitan a costos directos como toda la documentación que deberán tener las empresas.

“Los costos anteriores se pueden comparar frente a los ahorros que tendría la implementación de estas medidas, tan sólo en el cálculo de ahorro de gastos administrativos (renta de lugar de trabajo, pago de electricidad, internet, agua, etc.). Por día se estima que se ahorra por cada trabajador en promedio 566 pesos. Si calculamos tres días de teletrabajo al año, serían en promedio 156 días al año, y con esta base los ahorros serían de 86,598 pesos al año”, señala la dependencia en el documento.

La NOM de Teletrabajo (NOM-037) es el instrumento que regulará las condiciones de seguridad y salud que deben observarse en la modalidad de trabajo remoto para evitar accidentes y enfermedades laborales. En el análisis entregado a Conamer, la STPS descarta que estas condiciones se puedan establecer mediante otros mecanismos alternos como de autorregulación o esquemas voluntarios.

“No se han identificado otras alternativas distintas a la emisión de una norma oficial mexicana para establecer las medidas de seguridad y salud que deben imperar en los centros de trabajo. Además, se reitera que por mandato de Ley, debe emitirse una norma oficial mexicana”, puntualiza.

Una vez que concluya el trámite ante la Conamer, la NOM-037 entrará en vigor a los 180 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A decir de la Secretaría del Trabajo, los beneficios de...

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