Resolución final del procedimiento administrativo de cobertura de producto relativo a la Resolución definitiva por la que se impuso cuota compensatoria a las importaciones de herramientas, mercancías comprendidas en diversas fracciones arancelarias de las partidas 8201, 8203, 8204, 8205 y 8206 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación...

Fecha de disposición13 Septiembre 2002
Fecha de publicación13 Septiembre 2002
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución final del procedimiento administrativo de cobertura de producto relativo a la Resolución definitiva por la que se impuso cuota compensatoria a las importaciones de herramientas, mercancías comprendidas en diversas fracciones arancelarias de las partidas 8201, 8203, 8204, 8205 y 8206 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular de China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION FINAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE COBERTURA DE PRODUCTO RELATIVO A LA RESOLUCION DEFINITIVA POR LA QUE SE IMPUSO CUOTA COMPENSATORIA A LAS IMPORTACIONES DE HERRAMIENTAS, MERCANCIAS COMPRENDIDAS EN DIVERSAS FRACCIONES ARANCELARIAS DE LAS PARTIDAS 8201, 8203, 8204, 8205 Y 8206 DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR DE CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver el expediente administrativo C.P. 23/01, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, se emite la presente Resolución final teniendo en cuenta los siguientes:

RESULTANDOS

Resolución definitiva

  1. El 11 de noviembre de 1994, la ahora Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la Resolución definitiva del procedimiento de investigación antidumping sobre las importaciones de herramientas, mercancías comprendidas en diversas fracciones arancelarias de las partidas 8201, 8203, 8204, 8205 y 8206 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, en lo sucesivo la TIGI, originarias de la República Popular de China, independientemente del país de procedencia, por la que se impuso una cuota compensatoria definitiva de 312 por ciento.

    Presentación de la solicitud

  2. El 29 de agosto de 2001, Truper Herramientas, S.A. de C.V., en lo sucesivo Truper Herramientas, solicitó a la Secretaría con fundamento en los artículos 60 de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo LCE, 91 y 92 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo RLCE, se resuelva si las importaciones de los tipos de herramientas: a) Multiherramientas de diversas funciones; b) formones; c) remachadoras; d) pinzas de presión y e) prensas forjadas, originarias de la República Popular de China, están sujetas al pago de la cuota compensatoria a que refiere el punto anterior, por no existir producción nacional de mercancías similares.

    Información sobre el producto

    Multiherramientas con diversas funciones (independientemente de su número)

    Descripción

  3. Herramienta en acero con diversas funciones (independientemente de su número) que contiene: pinza mordaza plana, pinza mordaza curva, cizalla para corte, cuchillo dentado, punta barrenadora...

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