De las Herramientas

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas454-454

ARTÍCULO 52.

Obligaciones patronales respecto de las herramientas de trabajo

El patrón tendrá las siguientes obligaciones en relación a las herramientas que se utilicen en el centro de trabajo:

Elegirlas de acuerdo a la actividad

I. Seleccionarlas de acuerdo a las características técnicas y para la actividad y tipo de trabajo a desarrollar por el trabajador;

Darles mantenimiento

II. Verificarlas periódicamente en su funcionamiento, a fin de proporcionarles el mantenimiento adecuado y, en su caso, sustituir aquellas que hayan perdido sus características técnicas; y

Proporcionar lugares de guardado

III. Proporcionar al trabajador, de acuerdo a la naturaleza del trabajo, cinturones portaherramienta, bolsas o cajas para el transporte y almacenamiento de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR