Resolución que declara como terreno nacional el predio El Herradero, expediente número 732313, Municipio de Jiquipilas, Chis
Fecha de disposición | 22 Noviembre 2000 |
Fecha de publicación | 22 Noviembre 2000 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Resolución que declara como terreno nacional el predio El Herradero, expediente número 732313, Municipio de Jiquipilas, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.
RESOLUCION
Visto para resolver el expediente número 732313, y
RESULTANDOS
1o.- Que en la Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización, se encuentra el expediente número 732313, relativo al procedimiento de investigación, deslinde y levantamiento topográfico respecto del presunto terreno nacional denominado El Herradero , con una superficie de 88-06-28 (ochenta y ocho hectáreas, seis áreas, veintiocho centiáreas), localizado en el Municipio de Jiquipilas del Estado de Chiapas.
2o.- Que con fecha 6 de julio de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el aviso de deslinde con el propósito de realizar, conforme al procedimiento, las operaciones de deslinde que fueran necesarias.
3o.- Que como se desprende del dictamen técnico número 709100, de fecha 11 de mayo de 2000 emitido en sentido positivo, el predio en cuestión tiene las coordenadas de ubicación geográfica y colindancias siguientes:
De latitud Norte 16 grados, 33 minutos, 52 segundos; y de longitud Oeste 93 grados, 32 minutos, 32 segundos, y colindancias:
AL NORTE: Isaí Zárate Salinas y Filoderma Zárate Silias
AL SUR: Armín Ríos Peña y Eneas y Jorge García Espinoza
AL ESTE: Tomás Sarmiento Ramírez, Gregorio Gómez Cruz y Filoderma Zárate Silias
AL OESTE: Isaí Zárate Salinas y Armín Ríos Peña
CONSIDERANDOS
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Esta Secretaría es competente para conocer y resolver sobre la procedencia o improcedencia de la Resolución que declare o no el terreno como nacional en torno al predio objeto de los trabajos de deslinde, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 constitucional; 160 de la Ley Agraria; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 111, 112, 113 y 115 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, así como 4o., 5o. fracción XIX, 6o. y 12 fracciones I y II de su Reglamento Interior.
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Una vez revisados los trabajos de deslinde, a fin de verificar que éstos se desarrollaron con apego a las normas técnicas, habiéndose realizado los avisos, notificaciones y publicaciones que exigen los ordenamientos...
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