Decreto que otorga la Medalla de Honor “Heriberto Jara Corona” del Poder Legislativo del Estado de Querétaro, al C. Nemecio Martínez Cruz.

Pág. 6304 PERIÓDICO OFICIAL 24 de junio de 2011
PODER LEGISLATIVO
LA QUINCUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que históricamente, el trabajo ha sido el instrumento mediante el cual el hombre crea las condiciones precisas
para satisfacer las necesidades esenciales de subsistencia, permitiéndole allegarse una vida digna.
2. Que como resultado de su talento, entrega y esmero en la actividad laboral, amplió su horizonte de
conocimiento, derivando en la creación de máquinas y herramientas que aligeraron el desarrollo de sus labores
y mejoraron su productividad; en la conformación de nuevas tecnologías; y en la innovación de los sistemas de
producción, de tal forma lo llevaron a la integrarse a mercados más competitivos, hasta llegar a ser parte de un
mundo globalizado.
3. Que de manera particular, en el Estado de Querétaro se reconoce a los trabajadores que se destacan por
desempeñarse con la intensidad y diligencia que amerita la actividad que realizan, así como por mantener un
compromiso de excelencia contante, tanto con su familia como con sus empleadores.
4. Que fruto del esfuerzo y la pasión de quienes se han dedicado al trabajo en las líneas de producción industrial,
así como en otras ramas del sector empresarial en la Entidad, Querétaro cuenta con profesionistas y gente de
bien, forjados en esta tierra, que contribuyen a su desarrollo social, cultural y económico.
5. Que estas condiciones no siempre han sido reconocidas, pues en tiempos pasados se cometieron
innumerables abusos en contra de la clase trabajadora. A virtud de ello, Don Heriberto Jara Corona, Diputado
por su natal Estado de Veracruz, conjuntamente con otros Diputados, participó durante el Congreso
Constituyente de 1916-1917, impulsando la incorporación de garantías sociales en la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, de manera específica en los artículos referidos a educación, soberanía y
derechos de los trabajadores (3, 27 y 123), promoviendo la reducción de la jornada laboral a ocho horas, el
descanso dominical obligatorio y el trato justo hacia los empleados mexicanos por sus contratantes.
6. Que a fin de hacer patente el reconocimiento y estímulo al trabajador queretano, el 25 de febrero de 2011, la
Quincuagésima Sexta Legislatura del Estado de Querétaro, aprueba el Decreto por el que se crea la Medalla
de Honor “Heriberto Jara Corona” del Poder Legislativo del Estado de Querétaro, que establece, para el
ganador, el otorgamiento de la Medalla en cita, la entrega de un Diploma y un premio de $50,000.00
(Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) en efectivo.
7. Que en respuesta a la convocatoria emitida el 01 de marzo de 2011, para el otorgamiento del mencionado
galardón, se inscribieron los siguientes candidatos:
NOMBRE EMPRESA TIEMPO
LABORADO
MÉRITOS
Aguilar Cruz
Martín Abel
E.T. MEXICO
HOLDINGS II,
S. D de R. L.
de C.V.
18 años
Sus principales logros consisten en excelente actitud
hacia el trabajo, sin faltas ni retardos y buen
desempeño laboral. Obtuvo una beca por parte de la
empresa y la Universidad del Valle de México para
estudiar la carrera de Ingeniería Industrial. Tiene cinco
hijos quienes, igualmente, están becados por la
empresa. Mantiene una excelente relación familiar
como trabajador, estudiante, esposo y padre.

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