Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-40-00 hectárea de temporal de uso común, de terrenos del ejido San Joaquín Jaripeo, Municipio de Zinapécuaro, Mich

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-40-00 hectárea de temporal de uso común, de terrenos del ejido San Joaquín Jaripeo, Municipio de Zinapécuaro, Mich.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo, de la propia Constitución; 93, fracción I, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número CAJ/SA/688/02 de fecha 22 de julio del 2002, la Comisión Federal de Electricidad solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 1-40-00.64 Ha., de terrenos del ejido denominado SAN JOAQUÍN JARIPEO , Municipio de Zinapécuaro del Estado de Michoacán, para destinarlos a la construcción de un pozo geotérmico denominado AZ-64D, y sus obras complementarias, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracciones I y VII, y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de ley, registrándose el expediente con el número 12850. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 1-40-00 Ha., de temporal de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada por la Comisión Federal de Electricidad, con la construcción de un pozo geotérmico denominado AZ-64D, y sus obras complementarias, en virtud de la anuencia para expropiar otorgada mediante Acta de Asamblea de Ejidatarios de fecha 26 de mayo del 2000, por el núcleo agrario SAN JOAQUÍN JARIPEO , Municipio de Zinapécuaro, Estado de Michoacán.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 11 de enero de 1939, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1941 y ejecutada el 30 de agosto de 1941, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido SAN JOAQUÍN JARIPEO , Municipio de Zinapécuaro, Estado de Michoacán, una superficie de 2,065-00-00 Has., para beneficiar a 55 capacitados en materia agraria, más la parcela escolar; por Resolución Presidencial de fecha 7 de enero de 1953, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 1953, y ejecutada el 2 de febrero de 1955, se...

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