Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-75-03.53 hectárea de temporal de uso común e individual, de terrenos del ejido Cocotitlán, municipio del mismo nombre, Edo. de Méx. (Reg.- 1184

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-75-03.53 hectárea de temporal de uso común e individual, de terrenos del ejido Cocotitlán, municipio del mismo nombre, Edo. de Méx. (Reg.- 1184)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 06-3683 de fecha 2 de junio de 1999, el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 0-76-77.30 Ha., de terrenos del ejido denominado COCOTITLÁN , Municipio de Cocotitlán del Estado de México, para destinarlos a la construcción de la línea de transmisión de energía eléctrica de 85 Kv., denominada Chalco-Agua Viva, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 0-75-03.53 Ha., de temporal, de la que 0-00-97.83 Ha., es de uso común y 0-74-05.70 Ha., de uso individual propiedad de los siguientes ejidatarios.

NOMBRE PARCELA No. SUPERFICIE HA.
1.- PIEDAD CASTILLO GODÍNEZ 61 0-06-52.25
2.- PASCUAL GALICIA GALICIA 68 0-12-39.50
3.- JUAN GALICIA FLORÍN 69 0-01-70.75
4.- SEVERIANO GALICIA GARCÍA 84 0-06-36.50
5.- JULIO CASTILLO GUTIÉRREZ 85 0-10-67.30
6.- MAGDALENO SANDOVAL CONTRERAS 86 0-10-74.35
7.- MELQUIADES SÁNCHEZ CABRERA 87 0-10-70.15
8.- ELENA GALICIA JUÁREZ 88 0-10-77.20
9.- ISAÍAS GALICIA NAVA 89 0-04-17.70
TOTAL 0-74-05.70 HA.
RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 25 de noviembre de 1929, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de...

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