Haz valer tu garantía contra vicios ocultos

AutorAngélica Ochoa

Ten claro lo que puedes reclamar.

Al adquirir un inmueble nuevo es posible pedir al desarrollador que responda en caso de que se presenten defectos o fallas en la construcción.

Pero es necesario que sepas qué entra en las garantías y cuándo aplica la reclamación.

Los vicios ocultos son defectos en la vivienda que no pueden detectarse en el momento de la compraventa.

En el caso de obras nuevas, estos pueden ser estructurales, estar en los acabados o también en las instalaciones.

Según la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), el contrato de compraventa debe incluir las garantías, sin costo alguno para el cliente.

Los plazos que se estipulan se cuentan a partir de la entrega real del inmueble.

La garantía para cuestiones estructurales es de 5 años, por ejemplo.

En caso de que la falla sea en la impermeabilización la garantía es de 3 años.

Para los casos que no sean estructurales o de impermeabilización es de un año.

"Entre los elementos estructurales están los pisos, techos, muros, instalaciones eléctricas, tubería de gas y agua", afirma Marco Hinojosa, de Garantía Jurídica Inmobiliaria.

Si te hacen válida la garantía pero las fallas o defectos siguen, el desarrollador o proveedor tiene ciertas obligaciones.

Si las fallas son graves, se te debe dar una bonificación del 20 por ciento de la cantidad señalada en el contrato como precio del inmuebles.

También debe realizar de inmediato las reparaciones necesarias.

La Profeco señala como fallas graves las que afectan la estructura o instalación del inmueble y comprometen el uso pleno o la seguridad del mismo.

También las que...

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