Haga valer la garantía de su producto

AutorJuan Antonio Lara

En mayo del año pasado, la consumidora regiomontana Brenda Cepeda decidió adquirir en un establecimiento comercial un clima para refrescar su casa y soportar los intensos calores que se sentían.

Pero al poco tiempo se llevó una sorpresa, ya que el aparato empezó a fallar y se vio en la necesidad de hablar a la tienda para que se lo cambiaran, pero le dijeron que no se podía y no le quedó más remedio que aceptar la compostura.

El clima se lo entregaron hasta septiembre y por tal razón casi no lo usó el año pasado, pero este año nuevamente volvió a fallar y ha tenido que soportar el calor que se vive en Monterrey esperando que llegue una pieza del proveedor.

"El aparato lo compré a 15 meses sin intereses y nunca les he fallado con los pagos, y si fallo me cobran intereses. En cambio, ¿yo a quién le reclamo?", se queja la afligida consumidora.

De acuerdo a la Ley Federal de Protección al Consumidor, los productores deberán asegurar y responder del suministro oportuno de partes y refacciones, así como del servicio de reparación, durante el término de vigencia de la garantía, que oscila de uno a tres años, dependiendo del producto.

Pero la Ley va más allá y en su artículo 82 dice que el consumidor puede optar por pedir la restitución del bien o servicio, la rescisión del contrato o la reducción del precio, y en cualquier caso, la bonificación o compensación, cuando la cosa u objeto del contrato tenga defectos o vicios ocultos que la hagan impropia para el uso a que habitualmente se destine.

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