Acuerdo que autoriza el Cambio de Uso de Suelo de Protección Ecológica Pecuaria (PEP) a Uso Habitacional, para un predio con domicilio conocido s/n en la Comunidad de Piedras Anchas, Municipio de Jalpan de Serra, Qro.

Pág. 4302 PERIÓDICO OFICIAL 26 de abril de 2013
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
Jalpan de Serra, Qro.
2012 - 2015
El que suscribe C. Arturo Ruiz Flores, Secretario del H. Ayuntamiento de Jalpan de Serra, Querétaro, hace constar y ----------
C E R T I F I C A
Que en el Libro de Actas No. 18 (dieciocho) del H. Ayuntamiento de Jalpan de Serra, Qro., se encuent ra una marcada con el
número 11 (once), de la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 21 (veintiuno) del mes de febrero del año dos mil
trece, siendo las 18:20 horas (dieciocho horas con veinte minutos).
12.- En el décimo segundo punto, se le concede el uso de la palabra al Regidor Eduardo Jasso Martínez quien expone el
dictamen emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano, referente al cambio de uso de suelo de un predio propiedad del
C. Antonio Balderas Reséndiz, tal y como se detalla a continuación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS A) Y D DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 86 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
ARTÍCULO 24 FRACCIONES I, II, IV Y VII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE QUERETARO; ARTÍCULOS 1, 2, 4 FRACCIONES I A XI, 7, 8, 16, 18, 21 Y 22 DE LA LEY PARA LA
REGULARIZACIÓN DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1, 24, 30
FRACCIÓN II INCISO D, E Y G, 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 14, 28, 34 y 53 FRACCIONES IV, V Y VII DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
JALPAN DE SERRA; Y
CONSIDERANDO.- Que en sesión ordinaria de cabildo de fecha 05 de febrero de 2013, dentro del punto siete del orde n del
día, esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología recibe la petición que presenta el C. ANTONIO BALDERAS RESÉNDIZ
en su carácter de propietario de un predio con escritura pública número 10, 875 die z mil ochocientos setenta y cinco,
escritura pública número 10,876 diez mil ochocientos setenta y seis; y declaratoria de herederos expedient e 421/2010,
mediante el cual solicita cambio de uso de suelo de protección ecológica pecuaria (PEP) a uso habitacional, en el que
pretende establecer un fraccionamiento tipo popular para 30 (treinta) lotes.
CONSIDERANDO.- Que la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, es competente para analizar, estudiar y dictaminar
sobre la petición que presenta el C. ANTONIO BALDERAS RESÉNDIZ, sobre el cambio de uso de suelo de protección
ecológica pecuaria (PEP) a uso habitacional, en un predio de sus propiedad, ubicado en Domicilio Conocido S/N Comunidad
de Piedras Anchas de este municipio de Jalpan de Serra, Qro.
CONSIDERANDO.- Que la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, en Mesa de Trabajo, del día 13 de febrero de 2013
con asistencia de tres de los tres integrantes, PROFR. EDUARDO JASSO MARTÍNEZ, Presidente de la Comisión, C.
MIRIAM HUERTA FLORES, Secretario, ANA FUENTES SANDOVAL, Vocal, y la asistencia del LIC. ARTURO RUIZ
FLORES, Secretario del H. Ayuntamiento, ARQ. J. ALFREDO ARAIZA AGUIÑAGA, Subdirector de Desarrollo Urbano y
Obras Públicas de este municipio de Jalpan de Serra, analizaron y dictaminaron favorablemente sobre dicha petición, Por lo
tanto, esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, propone a este Honorable Ayuntamiento apruebe la solicitud que
presenta el C. ANTONIO BALDERAS RESÉNDIZ, sobre cambio de uso de suelo de protección ecológica pecuaria
(PEP) a uso habitacional, en el que pretende establecer un fraccionamiento tipo popular para 30 (treinta) lotes. En el
predio de su propiedad con testimonios de las escrituras y documentos públicos señalados en el primer considerando,
predio ubicado en Domicilio Conocido S/N comunidad de Piedras Anchas de este municipio de Jalpan de Serra, Qro.
A).- Deberá de cumplir con los ordenamientos en materia urbana, y con las disp osiciones emanadas de la Dirección de
Desarrollo Urbano y Obras Públicas de esta Municipio de Jalpan de Serra,Qro. Y en c uanto a los requerimientos técnicos de
las vialidades y demás requisitos señalados para estos tipos de proyectos, en el Código Ur bano del Estado de Querétaro y
demás ordenamientos afines.
B).- Además el promovente deberá asumir la responsabilidad que en su carácter de fraccionador le confieren las leyes e n
materia de desarrollo urbano, en lo que respecta a la urbanización de su proyecto de fraccionamiento como la
electrificación, agua potable y tratamiento de aguas residuales.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR