Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo de protección agrícola de temporal a habitacional, con densidad de 200 habitantes por hectárea para la Parcela 23 Z-1 P1/2 del Ejido La Negreta, Municipio de Corregidora, Qro.

Pág. 7016 PERIÓDICO OFICIAL 15 de julio de 2011
5. Que en fecha 28 de octubre de 2005, se suscribió Convenio de Colaboración entre la Comisión para la
Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT) y este Municipio, para la regularización integral de
los asentamientos humanos en el Municipio de Corregidora, Qro.
6. Que en fecha 5 de marzo de 2008, se suscribió Convenio de Coordinación para el Desarrollo Urbano y la
Regularización Integral de Asentamientos Humanos en el Municipio de Corregidora, Querétaro, entre este
Municipio y la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), representada por
la Lic. Ana Cristina Díaz Miramontes, Delegada Estatal en Querétaro.
7. Que dicho convenio tiene el objeto de regular los Asentamientos Humanos que han surgido y crecido de
manera irregular, es decir fuera del marco legal aplicable, y que de conformidad con la Ley para la
Regularización de los Asentamientos Humanos Irregulares del Estado de Querétaro, aprobada en fecha
24 de mayo de 2007, por la LV Legislatura del Estado de Querétaro, publicada en el Periódico Oficial del
Estado “La Sombra de Arteaga” número 46 de fecha 20 de julio de 2007, instrumento jurídico que tiene
como finalidad dar certeza jurídica de la propiedad de los lotes que ocupan los particulares, verificando
que cuente con los elementos técnicos y económicos necesarios para dotar de infraestructura y servicios
al asentamiento.
8. Que mediante Escritura Pública número 10,862, de fecha 20 de abril de 1995, pasada ante la fe del Lic.
Sergio Alberto Solorio Perrusquía, adscrito a la Notaría Pública número 20 de este Partido Judicial, se
acredita la legal constitución de la Asociación Civil denominada “Grupo Querétaro Pro Defensa del
Patrimonio Familiar”, A. C.
9. Que mediante Escritura Pública número 17,523 de fecha 26 de mayo de 1998, pasada ante la fe del Lic.
Sergio Alcocer Muñoz, titular de la Notaría Pública número 11 de este Partido Judicial, se acredita la legal
constitución de la Asociación Civil denominada “Unidad Habitacional Valle del Milagro”, A. C.
10. Que mediante Escritura Pública número 67,807, de fecha 29 de mayo de 1998, pasada ante la fe del Lic.
Alejandro Esquivel Rodríguez, Titular de la Notaría Pública número 20 de este Partido Judicial, la
Asociación Civil “Grupo Queretano Pro Defensa del Patrimonio Familiar”, A. C., acredita la propiedad del
predio rústico denominado “La Troje” que formó parte del Rancho San Francisco Municipio de
Corregidora, Qro.
11. Que mediante Escritura Pública número 18,148, de fecha 25 de agosto de 1999, pasada ante la fe del Lic.
Sergio Alcocer Muñoz, titular de la Notaría Pública número 11 de este Partido Judicial, los CC. Antonio
Martínez Noguez y María Heli Aguilar Tovar de Martínez, comparecen con el objeto de otorgar poder
general para pleitos y cobranza a favor de los CC. José Luis Elizalde Morato y Virginia Vázquez Torres.
12. Que mediante Escritura Pública número 19,843, de fecha 27 de noviembre de 2003, pasada ante la fe del
Lic. Fernando Díaz Reyes Retana, titular de la Notaría Pública número 6 de este Partido Judicial, la
Asociación Civil “Grupo Queretano Pro Defensa del Patrimonio Familiar”, A. C., otorga poder especial
para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio irrevocable, pero única y exclusivamente en
todo lo que se refiere al predio rústico con una superficie de 5-00-00 hectáreas, mismo que era fracción
del predio denominado “La Troje” que formó parte del Rancho San Francisco, Municipio de Corregidora,
Qro., a favor de la asociación unidad habitacional “Valle del Milagro”, A. C.
13. Que mediante Escritura Pública número 21,800, de fecha 30 de septiembre de 2005, pasada ante la fe
del Lic. Jesús Martínez Reséndiz, titular de la Notaria Pública número 20 de este Partido Judicial, se hizo
constar el poder especial irrevocable para pleitos y cobranzas, actos de administración y de riguroso
dominio, que otorga “Grupo Queretano Pro-Defensa del Patrimonio Familiar”, A. C., a favor de la
Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT).
14. Que mediante oficio SEDUR/254/2003, expediente USM-027/96, de fecha 28 de mayo de 2003, expedido
por la entonces denominada Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Medio Ambiente, emitió
Dictamen de uso de suelo factible para un fraccionamiento de tipo habitacional popular, ubicado en una

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