Acuerdo que resuelve el cambio de uso de suelo de habitacional con densidad de 300 habitantes por hectárea a comercial y de servicios para la industria para el predio ubicado en Calle Luis Echeverría, número 52, Colonia Santa Bárbara, Municipio de Corregidora, Qro.

15 de abril de 2011 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3999
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano Lic. Edgar Gustavo Zepeda Ruiz, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.,
en uso de las facultades que me confieren los artículos 47 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro y 27 fracción XII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 23 (veintitrés) de marzo de 2011 (dos mil once), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo que resuelve el cambio de uso de suelo de
habitacional con densidad de 300 habitantes por hectárea a comercial y de servicios para la industria
para el predio ubicado en Calle Luis Echeverría, número 52, Colonia Santa Bárbara, Corregidora, Qro.,
con superficie de 500.00 metros cuadrados, mismo que se transcribe textualmente a continuación:
H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro.:
Con fundamento en los artículos 115 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 1º, 13, 14 fracciones II y III, 16
fracciones I, XII, XIII y XIX; 17, 82, 83, 109, 111, 112, 113, 114, 119, 137, 138, 139, 143, 147, 154 fracción III,
y 155 del Código Urbano para el Estado de Querétaro; 30 fracción II incisos d) y f), 38 fracción VIII, 121 y
122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 15 fracción VII y 34 punto 1 del Reglamento
Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., corresponde al Ayuntamiento resolver el Acuerdo que
resuelve el cambio de uso de suelo de habitacional con densidad de 300 habitantes por hectárea a
comercial y de servicios para la industria para el predio ubicado en Calle Luis Echeverría, número 52,
Colonia Santa Bárbara, Corregidora, Qro., con superficie de 500.00 metros cuadrados, y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 fracción V de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; y 30 fracción II de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, los Municipios, en los términos de las leyes federales y
estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de
desarrollo urbano municipal; autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su
competencia, en sus jurisdicciones territoriales; así como otorgar licencias y permisos para
construcciones.
2. Que de conformidad con lo dispuesto, por el artículo 17 fracción II del Código Urbano para el Estado de
Querétaro, los Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus
jurisdicciones territoriales de acuerdo a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal,
declaratorias de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en el
Registro Público de la Propiedad que corresponda, así como otras Leyes o Reglamentos aplicables.
3. Que con fecha 23 de noviembre de 2010, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el escrito firmado
por el C. Arturo Santana Arreola, mediante el cual solicita someter a la aprobación del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., el cambio de uso de suelo de habitacional a comercial y de servicios para la industria
para el predio ubicado en Calle Luis Echeverría, número 52, Colonia Santa Bárbara, Corregidora, Qro.,
para el establecimiento de un taller de torno.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR