Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo de habitacional con densidad de 200 hab/ha (H2), a equipamiento institucional, para la fracción 2 de la Parcela 77 Z-14 P1/2 del Ejido Los Olvera, Municipio de Corregidora, Qro.

10 de agosto de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10255
15. Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29 de septiembre de 2010, el H. Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo de protección agrícola de riego a
habitacional con densidad de 300 habitantes por hectárea, para el predio denominado “El Cerrito”, ubicado
en el Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 32-02-60.00 hectáreas.
16. Que mediante oficio DDU/DPDU/1101/2011, expediente FP-55/11, con fecha 5 de diciembre de 2011, la
Dirección de Desarrollo Urbano, autorizó la Fusión de Predios, ubicados en Fracciones de terreno que
formaron parte de la Hacienda El Cerrito, Municipio de Corregidora, Qro., Qro., con superficies de
266,148.806 m² y 320,571.696 m², formando una superficie total de 586,720.502 m².
17. Que mediante oficio SAY/DAC/927/2012, de fecha 19 de junio de 2012, la Secretaría del Ayuntamiento
solicita a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales, emitir la opinión técnica
respecto de la solicitud a la que se hace referencia en el considerando tres del presente Acuerdo.
18. Que con fecha 20 de junio de 2012, en la Secretaría del Ayuntamiento se recibió el oficio número
SPDU/2048/2012, la opinión técnica número SDUOP/DDU/065/2012, expedida por la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales, desprendiéndose de su contenido la siguiente:
CONSIDERACIONES TÉCNICAS:
“… Con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 fracción V, 7, 8, 10, 25, 26, 27 y demás
relativos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora,
Qro., se establece que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas “… es competente para
ejercer atribuciones en materia de planificación urbana, zonificación y desarrollo urbano…” entre las
cuales se encuentra “…emitir opiniones en materia de desarrollo urbano y obras públicas”.
Por lo anterior esta Secretaría considera FACTIBLE la autorización de la causahabiencia a favor de la
empresa denominada “Promotora SADASI” S. A. de C. V., a través de su apoderado legal el Ing. Mario
Basurto Islas, de todas y cada una de la autorizaciones, derechos y obligaciones a cargo de los C.C.
Rodrigo Soto Pesquera, Alfonso Soto Septién, María Teresa Soto Pesquera y Alejandra Soto Pesquera.
Con base en los antecedentes presentados, se condiciona la presente autorización a dar cumplimiento en
un plazo no mayor a tres meses a lo siguiente:
a) Presentar Estudio Hidrológico avalado por la Comisión Estatal de Aguas.
b) Presentar resolutivos de Estudio y Manifestación de Impacto Ambiental emitido por la
Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro, así como dar cumplimiento a
los requerimientos y la normatividad que indique dicha resolución.
c) Obtener y presentar Dictamen de No Competencia Forestal emitido por la SEMARNAT.
d) Se deberá presentar el Dictamen de Inexistencia de Riesgos, así como las medidas de
mitigación de riesgos, tanto para el predio en comento como para las zonas aledañas,
avalados por el visto bueno de la Dirección de Protección Civil Municipal.
e) Se deberá presentar el resolutivo del Estudio de Impacto Vial, emitido por parte de la
Secretaría de Seguridad Pública Municipal, con la finalidad de evaluar el impacto en cuanto a
flujos vehiculares tanto en las vialidades primarias y secundarias de la zona.
f) Se deberá celebrar Convenio de Participación para las obras de carácter vial que la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio determine, con la finalidad de
fortalecer la estructura vial, así como la conectividad vehicular y peatonal en la zona con el
nuevo desarrollo.
g) Se deberá coordinar con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Publicas, con la finalidad
de realizar un estudio que la Secretaría determine, a efecto de llevar a cabo la modificación y
actualización del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de El Pueblito, consecuencia del
presente cambio de uso de suelo.
h) Presentar a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales
el Estudio de Mecánica de Suelo.

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