Acuerdo relativo a la autorización definitiva y entrega - recepción de las obras de urbanización del fraccionamiento de tipo habitacional popular denominado 'Villas Campestre', Municipio de Corregidora, Qro.

13 de septiembre de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9529
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.,
en uso de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de
la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y;
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 27 de junio de 2013 el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro.,
aprobó Autorización Definitiva y Entrega - Recepción de las Obras de Urbanización del Fraccionamiento de Tipo
Habitacional Popular denominado “Villas Campestre” con superficie de 93,354.42 m², en el Municipio de
Corregidora, Qro., mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“…H. AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO.
Con fundamento en la fracción I del Artículo , 115 fracción V incisos D) y F) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II inciso
D) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 9 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 1°,
13 fracciones I, XII, XIII y XIX, 14 fracción II, III, 16, fracciones I, XII y XIX, 17 fracciones I, 18, 82, 109, 110, 111,
112, 113, 114, 115, 116, 117, 118,139, 140, 143, 154 fracción III, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 318, 319,
320, 321 y 322 del Código Urbano para el Estado de Querétaro; 1°, 2, 3, 4, 5 fracción V, 7, 8, 10, 25, 26, 27 y
demás relativos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro; 15
fracción XVII, 27 fracción VI, XI, XII y 44 fracción II, III, y 49 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro, y;
C O N S I D E R A N D O
Política del Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se
encuentran facultados para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal que
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello corresponde
al H. Ayuntamiento resolver lo referente a la Autorización Definitiva y Entrega - Recepción de las Obras de
Urbanización del Fraccionamiento de Tipo Habitacional Popular denominado “Villas Campestre” con superficie
de 93,354.42 m², en el Municipio de Corregidora, Qro., radicado en la Secretaría del Ayuntamiento, bajo el
Expediente DAC/CAI/074/2013.
2. Que de conformidad con lo dispuesto en el Código Urbano para el Estado de Querétaro, los
Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales
de acuerdo a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal, declaratorias de uso, destino y
reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en el Registro Público de la Propiedad
que corresponda, así como otras leyes o reglamentos aplicables.
3. Se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento la Opinión Técnica DDU/DACU/OT/76/2013, expedido
por el Ing. Pedro Carrasco Trejo, Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, relativa a la Autorización
Definitiva y Entrega - Recepción de las Obras de Urbanización del Fraccionamiento de Tipo Habitacional
Popular denominado “Villas Campestre”, desprendiéndose de su contenido lo siguiente:
Antecedentes:
3.1 Mediante escrito de fecha 24 de abril de 2013, el Ing. Luis Felipe García Alcocer, en su carácter de
Representante Legal de la empresa “Geo Casas del Bajío”, S.A. de C.V., solicitó a la Secretaría del
Ayuntamiento la Entrega – Recepción de las Obras de Urbanización a este Municipio del Fraccionamiento
“Villas Campestre”.

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