Acuerdo que niega el cambio de uso de suelo de habitacional a mixto para el predio ubicado en calle Paseo de Berna, manzana 61, lote 49, Fraccionamiento Residencial Tejeda, Sección Bellavista, Municipio de Corregidora, Qro.

18 de diciembre de 2009 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 13951
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano Lic. Edgar Gustavo Zepeda Ruiz, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.,
en uso de las facultades que me confieren los artículos 47 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro y 75 fracciones V y VI del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., hago
constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 27 (veintisiete) de noviembre de 2009 (dos mil nueve),
el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo que niega el cambio de uso de suelo de
habitacional a mixto para el predio ubicado en calle Paseo de Berna, manzana 61, lote 49,
fraccionamiento residencial Tejeda, sección bellavista, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de
241.17 metros cuadrados, mismo que se transcribe textualmente a continuación:
H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro.:
Con fundamento en los artículos 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35, de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 1º, 13, 14 fracciones II y III, 16,
fracciones I, XII, XIII y XIX; 17, 82, 83, 109, 111, 112, 113, 114, 119, 137, 138, 139, 143, 147, 154, fracción
III, 155, del Código Urbano para el Estado de Querétaro; 30 fracción II incisos d) y f), 38, fracción VIII, 121
y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 4, 55, fracciones XXV y XXVI y 68, fracción
VII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., corresponde al Ayuntamiento
resolver el acuerdo que niega el cambio de uso de suelo de habitacional a mixto para el predio ubicado
en calle Paseo de Berna, manzana 61, lote 49, fraccionamiento residencial Tejeda, sección bellavista,
Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 241.17 metros cuadrados, y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115, fracción V de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 35, de la Constitución Política del Estado de Querétaro; y 30, fracción II de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, los Municipios, en los términos de las leyes federales y
estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de
desarrollo urbano municipal; autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su
competencia, en sus jurisdicciones territoriales; así como otorgar licencias y permisos para
construcciones.
2. Que de conformidad con lo dispuesto, por el artículo 17, fracción II del Código Urbano para el Estado de
Querétaro, los Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus
jurisdicciones territoriales de acuerdo a los planes y programas de desarrollo urbano municipal,
declaratorias de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en el
Registro Público de la Propiedad que corresponda, así como otras leyes o reglamentos aplicables.
3. Que con fecha 2 de septiembre de 2009, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento escrito expedido
por la Dra. Ina Iliana Medellín Aldave, mediante el cual solicita someter a la aprobación del Ayuntamiento
de Corregidora, Qro., el cambio de uso de suelo de habitacional a mixto, para el predio ubicado en calle
Paseo de Berna, manzana 61, lote 49, del fraccionamiento residencial Tejeda, sección bellavista,
Municipio de Corregidora, Qro.

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