Acuerdo por el que se habilitan días y horas inhábiles del mes de diciembre de 2013 y enero de 2014, para la realización de actos relacionados con Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios por parte de la Coordinación de Administración del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, que se encuentran en trámite o se inicien, establecidos en el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo y su Reglamento, y de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y los Comprendidos en el Artículo Cuarto Transitorio de dicha Ley y su Reglamento

16 de diciembre de 2013
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SEGUNDO.-
Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" y en uno de los diarios de
mayor circulación a nivel nacional y de la Capital de Estado.
TERCERO.-
El presente acuerdo surtirá efectos en los días habilitados, los cuales se señalan en el punto primero de este
Acuerdo.
Dado en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México, a los nueve días del mes de diciembre del año dos
mil trece.
Pablo Díaz Gómez.
Coordinador de Administración.
(Rúbrica)
PABLO DÍAZ GÓMEZ, COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD
SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 129 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 13 Y 45 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 12 Y 13 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; 13.1 FRACCIÓN IV, 13.3, 13.4,
13.27, 13.28 DEL LIBRO DÉCIMO TERCERO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE
MÉXICO; LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN SUS
ARTÍCULOS CORRELATIVOS A LA INSTAURACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROCEDIMIENTOS
ADQUISITIVOS, ASÍ COMO SU
CUARTO TRANSITORIO, REGLAMENTO Y DEMÁS
DISPOSICIONES QUE REGULAN DICHA LEY; ARTÍCULO
2
PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS ; 3
y
15 FRACCIÓN
IV, 16 FRACCIONES I Y XV, 19 FRACCIÓN XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE
SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS VIGENTE Y,
CONSIDERANDO
Que por decreto número 85 de la H. "LVIII" Legislatura Local, dio a conocer en el Periódico Oficial "Gaceta el Gobierno"
del Estado de México, el 3 de mayo de 2013 se publicó la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios,
relativo a las "Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios", con el objeto de regular los actos relativos a la
planeación, programación, presupuestación, ejecución de control de la adquisición, enajenación y arrendamiento de bienes
y la contratación de servicios de cualquier naturaleza, que realicen las Secretarías y las Unidades Administrativas del Poder
Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, los
Ayuntamientos del Municipio del Estado, los Organismos Auxiliares y Fideicomisos Públicos de carácter Estatal o
Municipal, los Tribunales Administrativos; así como los Poderes Legislativo y Judicial en lo que no se oponga a los
ordenamientos legales que lo regulen.
Que el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, tiene entre sus funciones vigilar el cumplimiento
de las disposiciones y lineamientos administrativos para la adquisición de bienes y servicios, al igual que establecer y operar
los mecanismos de planeación, dirección y control del sistema administrativo de recursos materiales y de servicios del
Instituto.
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o
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TA
16 de diciembre de 2013
Que una de las obligaciones del servidor público es la de cumplir con la máxima diligencia, el servicio o función
encomen adas, para el cumplimiento de los planes y programas establecidos por la Administración Pública a fin de
satisfacer
interés público.
Que los tías: 20, 23, 26, 27 y 30 de diciembre de 2013, así como 2, 3 y 6 de enero de 2014, conforme al Calendario
Oficial pu licado en la "Gaceta del Gobierno" Periódico Oficial del Gobierno del Estado libre y Soberano de México para
el año 2013 y en términos de los artículos 12 y 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado, son días
inhábiles, en los cuales no se podrán realizar promociones y actuaciones, salvo que las Autoridades Administrativas
ejerciten u facultad para habilitarlos con el propósito de practicar alguno o algunos actos procedimentales
.
Por lo antes expuesto y con fundamento en las disposiciones legales invocadas, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS INHABILES DEL MES DE DICIEMBRE DE
2013
Y
ENERO DE 2014, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTOS RELACIONADOS CON
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PARTE DE LA
COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, QUE SE ENCUENTRAN EN TRAMITE O SE INICIEN, ESTABLECIDOS
EN EL LIBRO DÉCIMO TERCERO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO Y SU REGLAMENTO, Y DE LA
LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS Y LOS
COMPR sNDIDOS EN EL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DE DICHA LEY Y SU REGLAMENTO.
PRIME
R:
Se habilitan los días 20, 23, 26, 27 y 30 de diciembre de 2013, así como los días 2, 3 y 6 de enero de 2014,
exclusivamente para que la Coordinación de Administración, la Dirección de Adquisiciones y Servicios, la Subdirección de
Suministro de Bienes y la Subdirección de Servicios y Control Patrimonial, y demás personal adscrito del Instituto de
Seguridad Social del Estado de México y Municipios, realicen los actos relacionados con las adquisiciones de bienes
muebles, arrendamientos y contratación de servicios, por lo que sólo para esos efectos correrán los plazos establecidos
en el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento, en aquellos
procedim entos adquisitivos que se encuentren en trámite o se inicien derivadas de las solicitudes formuladas por las
diferente Unidades Médico Administrativas del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, y de
I
conformi ad a las disposiciones de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y su Reglamento.
SEGUNDO.-
Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil
EL COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN.
PABLO DÍAZ GÓMEZ.
(RÚBRICA).
Dado en
trece.

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