Acuerdo por el que se declara y habilita como internacional el aeródromo Cabo San Lucas, ubicado en el Municipio de Los Cabos, en el Estado de Baja California Sur

Fecha de disposición04 Noviembre 2009
Fecha de publicación04 Noviembre 2009
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, 28, 29, 30, 30 bis, 31, 35, 36 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2o., fracción V y 6 fracción II de la Ley de Aeropuertos, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, entre sus objetivos y prioridades, señala que es fundamental ampliar la infraestructura aeroportuaria para hacer frente a la creciente demanda de las operaciones aeroportuarias y los servicios aéreos y desarrollar nuevos proyectos aeroportuarios vinculados al desarrollo rural, turístico, y comercial de las diferentes regiones del país, lo cual fomentará el crecimiento económico regional y del empleo;

Que el aeródromo denominado "Cabo San Lucas", ubicado en el Municipio de Los Cabos, en el Estado de Baja California Sur, debe constituirse como una importante vía de acceso para el tránsito de personas y mercancías provenientes del exterior;

Que el citado aeródromo cuenta con la infraestructura, instalaciones, equipos y servicios adecuados para atender a las aeronaves, pasajeros, carga y correo del servicio de transporte aéreo internacional, conforme a los requisitos y capacidades requeridas en las disposiciones legales aplicables a la materia, y

Que el comercio y turismo de la región de Los Cabos, en el Estado de Baja California Sur, demandan una eficiente comunicación con el resto del país y con otras naciones, en virtud de lo cual, como un decisivo impulso para su desarrollo y por así convenir al interés público, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO

Se declara y habilita como aeródromo internacional para la entrada y salida al país de aeronaves mexicanas o extranjeras, tanto del servicio público como privado, de transporte nacional e internacional no regular, al aeródromo denominado "Cabo San Lucas", ubicado en el Municipio de Los Cabos, en el Estado de Baja California Sur, localizado en la Latitud 22º 56' 50.00" Norte y la Longitud 109º 56' 11.00" Oeste.

ARTÍCULO SEGUNDO

Las autoridades de migración, de aduanas, de sanidad y de seguridad pública, en el ámbito de su...

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