Acuerdo que autoriza el incremento de densidad habitacional con densidad de población de 600 hab./ha. a 730 hab./ha. para el predio identificado como Fracción 7-5, ubicado en la Zona I del Fraccionamiento Hacienda el Campanario, Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio. Municipio de Querétaro, Qro.

31 de mayo de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 5803
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADA HARLETTE RODRÍGUEZ MENÍNDEZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA
FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 14 catorce de mayo de 2013 dos mil trece, el Ayuntamiento
de Querétaro en el punto 3.5.9 tres punto cinco punto nueve del Orden del día, aprobó por unanimidad de votos a
favor, el Acuerdo por el que SE AUTORIZA a la persona moral denominada MC-2 S.A. DE C.V., el incremento de
densidad habitacional con densidad de población de 600 hab./ha. a 730 hab./ha. para el predio identificado como
Fracción 7-5, ubicado en la Zona I del Fraccionamiento Hacienda el Campanario, con superficie de 3, 291.032 m² y
clave catastral 14 01 00 13 40 57 004, Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio, el que textualmente señala:
C O N S I D E R A N D O
Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se encuentran
facultados para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal que regulen las
materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
2. La autoridad competente podrá autorizar el incremento de densidad de población de un predio o de una
edificación, de conformidad con los programas aprobados para la zona donde se ubique, previo dictamen
técnico emitido por la autoridad municipal, documento que deberá estar fundado y motivado en la factibilidad
de servicios y los estudios inherentes y necesarios al proyecto en particular.
3. Las modificaciones a los Planes Parciales de Desarrollo Urbano Delegacionales, pueden ser solicitadas por
todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las disposiciones de la Ley General
de Querétaro y Código Municipal de Querétaro.
4. Mediante escritos de fecha 13 y 31 de agosto de 2012 y 10 de enero de 2013 dirigidos a la Secretaría del
Ayuntamiento, la persona moral denominada Empresas MC-2, S.A. de C.V., a través de su representante legal
solicita el incremento de densidad de población de 600 Hab./Ha. a 730 Hab./Ha., para el predio identificado
como Fracción 7-5, ubicado en la Zona I denominada Marco de Acceso del Fraccionamiento Hacienda El
Campanario con superficie de 3,291.032m2 en la Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio, radicándose en la
Secretaría del Ayuntamiento bajo el expediente número 270/DAI/2012.
5. Se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento la Opinión Técnica con Número 034/13, signado por el Secretario
de Desarrollo Sustentable Municipal, sobre la solicitud de incremento de densidad población de 600 hab/ha a
730 hab./ha., para el predio identificado como Fracción 7-5, ubicado en la Zona I del Fraccionamiento Hacienda
el Campanario con superficie de 3,291.032 m2 en la Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio,
desprendiéndose de su contenido lo siguiente:
ANTECEDENTES
1. Se acredita la propiedad de la fracción en estudio, mediante contrato privado de compraventa No. 109 de la Zona I, Fracción
7-5 de fecha 28 de marzo de 2012, otorgada por Inmobiliaria Hacienda El Campanario, el cual no está protocolizado ante
Notario Público ni inscrito en el Registro Público de la propiedad.
2. Mediante escritura 18,317 de fecha 28 de junio de 2012, ante la fe del Licenciado Victoriano José Gutiérrez Valdés, Notario
Público Titular de la Notaría Pública Número 202 del Distrito Federal, la Empresas MC-2. S.A. de C.V. otorga un poder
especial a favor del señor Efraín Villasana Izquierdo.
3. De conformidad con lo señalado por el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio,
documento técnico jurídico aprobado por el Honorable Ayuntamiento de Querétaro en Sesión Ordinaria del día 11 de
diciembre de 2007 y publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” No. 19 el 1 de abril de
2008, inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo el Folio Plan Desarrollo 008/0002 de fecha 22 de abril de 2008,
indica que el predio en estudio cuenta con uso de suelo Comercial y Servicios (CS).

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