Decreto Número 250.- Por el que se autoriza al H. Ayuntamiento de Atlacomulco, a desincorporar y enajenar dos predios propiedad municipal denominados 'Lote A' y 'Jardín del Arte', a favor de la persona jurídica colectiva denominada 'Central y Terminal de Atlacomulco, S.A. de C.V.'

10 de julio de 2014
GACETA
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Página 13
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 250
LA H. "LVIII" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.
Se autoriza la desincorporación del patrimonio del Municipio de Atlacomulco, de los predios siguientes:
LOTE A:
Ubicado en Avenida del Trabajo esquina con libramiento Jorge Jiménez Cantó, Atlacomulco, con una superficie de 6,618.52
metros cuadrados, La superficie a desincorporar de este inmueble es de 2,868.67 metros cuadrados, con las medidas y colindancias
siguientes:
AL NORTE: 34.00 metros, colinda con libramiento Jorge Jiménez Cantó.
AL SUR: 31.20 metros, colinda con Lote B.
AL ORIENTE: 88.67 metros, colinda con Avenida del Trabajo.
AL PONIENTE: 87.50 metros, colinda con "Central y Terminal de Atlacomulco, S.A. de C.V.".
JARDÍN DEL ARTE:
Ubicado en Avenida Isidro Fabela Norte, esquina con libramiento Jorge Jiménez Cantó, Atlacomulco, con una
superficie de 2,470.52 metros cuadrados y las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: 91.12 metros, colinda con área de restricción de libramiento Jorge Jiménez Cantó.
AL SUR: En dos líneas de 34.65 y 38.11 metros, colidan con "Central y Terminal de Atlacomulco, S.A. de C.V.".
AL ORIENTE: 3.04 metros, colinda con libramiento Jorge Jiménez Cantó.
AL PONIENTE: En tres líneas de 15.43, 38.53 y 7.15 metros, colidan con Avenida Isidro Fabela Norte.
ARTÍCULO SEGUNDO.
Se autoriza al H. Ayuntamiento de Atlacomulco. a enajenar los predios que hacen referencia el articulo
anterior, a favor de la persona jurídica colectiva denominada "Central y Terminal de Atlacomulco, S.A. de CV., dicha enajenación se
realizara por un monto de 15'826,854.13 (quince millones ochocientos veintiséis mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos 13/100
M.N.)
TRANSITORIOS
PRIMERO.
Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los cuatro días del mes de
julio del año dos mil catorce.- Presidente.- Dip. Everardo Pedro Vargas Reyes.- Secretarios.- Dip. María Teresa Garza Martínez.- Dip.
Fidel Almanza Monroy.- Dip. Gerardo Del Mazo Morales.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 10 de julio de 2014.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ SERGIO MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).

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