Acuerdo por el que se delega al Oficial Mayor y al Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Gobernación, la facultad de autorizar el dictamen de procedencia de las contrataciones que se realicen con fundamento en el artículo 16 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Fecha de disposición | 29 Marzo 2013 |
Fecha de publicación | 29 Marzo 2013 |
Emisor | SECRETARIA DE GOBERNACION |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. MIGUEL ANGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 y 16 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 2o. apartado A, fracción VI y apartado B, fracción XXV, 4o., fracción III, 7o., fracciones VI y XXV y 30, fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dispone que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, previendo la posibilidad de delegar sus facultades para la mejor organización del trabajo, con excepción de aquellas que, por disposición de la ley, deban ser ejercidas expresamente por dichos titulares;
Que el artículo 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dispone que, en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, corresponde a los titulares de las dependencias adoptar e instrumentar las acciones y establecer los criterios que promuevan la modernización y desarrollo administrativo y la efectiva delegación de facultades;
Que el artículo 16 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público establece que el dictamen de procedencia de las contrataciones que se realicen con fundamento en el citado artículo será autorizado por el titular de la dependencia o entidad, o aquel servidor público en quien éste delegue dicha función y que dicho servidor público no podrá tener un nivel inferior a director general;
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que los Secretarios de Estado, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliarán, entre otros servidores públicos, por los Subsecretarios, Oficial Mayor y los Directores;
Que el Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, tiene entre otras facultades, la de autorizar la documentación necesaria para el ejercicio del presupuesto, así como atender aquellas que le confiera el titular de la dependencia;
Que el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Gobernación, tiene entre sus facultades atender aquellos asuntos que le confiera el titular de la dependencia;
Que en congruencia...
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