Gilberto Rincón Gallardo / Lecciones del 'affaire' cubano

AutorGilberto Rincón Gallardo

Nuestra vida pública es un abanico de escándalos. Apenas un terremoto político conmueve a la sociedad y abre una cascada de reflexiones y comentarios que tratan de entenderlo y acaso subsanar sus causas, otro terremoto se presenta para hacerlo obsoleto en pocos días. Si alguna virtud tienen estas conmociones (que a fuerza de repetirse arrastran, por cierto, el riesgo de hacer creer a la ciudadanía que lo importante de la vida política es el escándalo y no el bienestar social) es que dan la posibilidad de sacar lecciones para que los siguientes eventos del mismo género no nos tomen tan desprevenidos y perplejos. A riesgo por ello de parecer obsoleto, quisiera dedicar algunas reflexiones al saldo que nos deja hasta el momento el affaire del Sheraton.

En efecto, pocos escándalos políticos han sido tan comentados y a la vez permanecido tan confusos como el de la expulsión de los funcionarios cubanos del Hotel María Isabel Sheraton del Distrito Federal por instrucciones de la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos.

Lo primero que resulta claro es que esta expulsión, en seguimiento extraterritorial de la famosa Ley Helms Burton, no se puede considerar como un conflicto entre particulares. En efecto, unas supuestas primeras declaraciones de la Cancillería mexicana han sido muy criticadas por reducir este acto político a una cuestión de mala atención a consumidores. En este contexto, resulta extraño que se insista en la intervención de la Procuraduría Federal del Consumidor, pues, si bien en los hechos puede establecerse una falta en un servicio de hospedaje, lo cierto es que la naturaleza del acto es distinta a uno de consumo.

De manera tardía, se recordó que existe una ley federal para proteger y regular la actividad de las empresas extranjeras en México, que fue establecida precisamente para limitar actos extraterritoriales de otros gobiernos a través de empresas de capital extranjero. No puede obviarse que esta ley se hizo teniendo en mente los riesgos de intervención de Estados Unidos amparados, precisamente, en la Helms Burton. Si nuestro país dispone de legislación ad hoc, si tiene una norma a la medida de estos actos, ¿por qué no se ha atacado el asunto de la extraterritorialidad principalmente con ese instrumento legal?, para no dar esa imagen desconcertante de un mago apurado sacando de la chistera todos sus recursos para satisfacer a la audiencia.

Un acto de extraterritorialidad es una agresión contra el Estado mexicano en su conjunto...

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