Gerardo Laveaga / En defensa del Ministerio Público

AutorGerardo Laveaga

Una de las mentes más lúcidas de México es, a no dudarlo, Alejandro Gertz Manero. Intercambiar puntos de vista con él resulta un privilegio. Más aún, si este intercambio surge de una invitación que él mismo formula. En mi caso, lo hizo a raíz del artículo que publiqué hace quince días en este mismo medio, donde manifesté mi desacuerdo con su idea de desaparecer al Ministerio Público y de crear, en su lugar, jueces de instrucción. En Enfoque, de la semana pasada, él respondió que jamás había dicho tal cosa. Sostuvo, además, que la mayoría de los males de nuestro sistema de justicia eran atribuibles al Ministerio Público. Veamos por qué sigo sin estar de acuerdo con él:

Es cierto que Gertz no propuso así, con todas las letras, que desapareciera el Ministerio Público. Tampoco señaló, de manera expresa, que se crearan jueces de instrucción. Lo que aseveró es que el Ministerio Público no debía tener el monopolio de la acción penal pues esto se ha traducido en 70 años de injusticias en México. Recomendó que fuera un juez el que se hiciera responsable de la averiguación previa. Pero ¿despojar al Ministerio Público del monopolio del ejercicio de la acción penal no equivale a desaparecerlo? ¿Se podría mantener el cuerpo de bomberos si se le prohibiera apagar incendios? Creo que no. Por otra parte, el juez con las características que él propone se llama, en la doctrina, juez de instrucción. Da igual si se le pretende cambiar el nombre.

Gertz afirmó, asimismo, que el Ministerio Público ha venido "actuando fuera de un marco de normatividad procesal en el que la víctima pueda ejercer sus derechos, ya que se le ha negado la calidad de parte". No estoy seguro de haber entendido bien este argumento. Basta leer el apartado B del artículo 20 constitucional para conocer los derechos de las víctimas. Que todavía queda un largo camino por recorrer, qué duda cabe. Pero lo mismo podríamos decir del derecho a la salud o a la educación...

El secretario de Seguridad Pública también sostuvo que "frente al Ministerio Público no existe el recurso de amparo ni para la víctima ni para el presunto delincuente, más que en los casos en que se decrete el no ejercicio de la acción penal". Leí varias veces la declaración y temo que haya habido un error al transcribirla pues, como todo abogado sabe, cualquier persona puede solicitar un amparo cuando el Ministerio Público "atenta" contra su libertad o contra sus bienes. ¿Lo que se está proponiendo, acaso, es multiplicar los...

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