General. VII-CASR-2NEM-5

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA SALA REGIONAL
NORTE-ESTE DEL ESTADO DE MÉXICO
GENERAL
VII-CASR-2NEM-5
DOCUMENTOS ANEXOS AL DICTAMEN DEL PERITO.
NO PUEDEN VALORARSE EN EL JUICIO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CUANDO NO FUERON OFRECIDOS
POR LAS PARTES.- Atendiendo al principio que la carga
procesal recae en las partes, correspondiendo a la actora
la carga de probar sus pretensiones y a la autoridad, sus
excepciones y defensas, acorde con lo dispuesto en el ar-
tículo 81 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en
relación con el diverso 40 de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo, y si bien pueden ofrecer como
prueba la pericial, siendo el perito una persona con título
en la ciencia o arte a que pertenezca la cuestión sobre lo
que ha de oírse su parecer, en consecuencia, debe apoyar
su parecer en aquellas pruebas que las partes aportaron,
sin que sea procedente valorar pruebas anexas a su dic-
tamen, que no fueron ofrecidas por las partes, sobre todo
cuando se pretende con ello acreditar partidas en las que se
determinó deducciones sin documentación comprobatoria.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6504/14-11-02-1-
OT.- Resuelto por la Segunda Sala Regional Norte-Este del
Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 10 de febrero de 2016, por unanimidad de
votos.- Magistrado Instructor: Victorino Manuel Esquivel Ca-
macho.- Secretario: Lic. José Luis Méndez Zamudio.

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