General. VII-CASR-2HM-44

Páginas307-308
307
CRITERIOS AISLADOS DE LA SEGUNDA SALA REGIONAL HIDALGO-MÉXICO
SEGUNDA SALA REGIONAL
HIDALGO-MÉXICO
GENERAL
VII-CASR-2HM-44
CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD Y/O
CONVENCIONALIDAD. RESULTA IMPROCEDENTE SU
EJERCICIO POR PARTE DE ESTE TRIBUNAL CUANDO
EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SE HA PRO-
NUNCIADO RESPECTO AL TEMA.- Dentro del modelo de
control constitucional y de convencionalidad en materia de
derechos humanos, existen dos vertientes: el control con-
centrado en los órganos del Poder Judicial de la Federación
con vías directas de revisión y aquel que realizan el resto de
los Jueces del país al resolver los procesos ordinarios en los
que son competentes (difuso), determinando si las normas se
ajustan a la Constitución Federal y tratados internacionales
sobre esos derechos. No obstante ello, si existe un pronun-
ciamiento del Poder Judicial de la Federación respecto a un
tema de control constitucional y/o de convencionalidad en
materia de derechos humanos, que pretenda someterse a
consideración de este Tribunal, vía control difuso, su análisis
resulta improcedente, pues es el citado Poder de la Unión
quien tiene la competencia originaria respecto del control de
constitucionalidad y convencionalidad de normas generales,
siendo a este a quien corresponde decidir en forma terminal
y de nitiva si una disposición es o no contraria a la Constitu-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR