Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se suspenden los plazos para el trámite y resolución de los procedimientos especiales sancionadores a nivel distrital cinco días antes de la jornada electoral del Proceso Electoral Federal 2011-2012 y hasta la conclusión de los cómputos distritales

Fecha de disposición17 Julio 2012
Fecha de publicación17 Julio 2012
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG456/2012.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PARA EL TRAMITE Y RESOLUCION DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES A NIVEL DISTRITAL CINCO DIAS ANTES DE LA JORNADA ELECTORAL DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2011-2012 Y HASTA LA CONCLUSION DE LOS COMPUTOS DISTRITALES.

ANTECEDENTES

  1. El 13 de noviembre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reformó los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adicionó el artículo 134 y derogó un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  2. El 14 de enero de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  3. En sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 22 de diciembre de 2008, se aprobó el acuerdo que reformó el Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral.

  4. En sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el día 17 de agosto de 2011, se aprobó el acuerdo CG246/2011, "mediante el que se modifica el acuerdo CG192/2011 mediante el cual se reformó el Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral, que abroga al anterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de febrero de 2009, en acatamiento a lo ordenado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-141/2011 y su acumulado SUP-RAP-144/2011".

  5. En sesión extraordinaria celebrada el 23 de junio de 2011, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo CG187/2011, reformó el Reglamento de Sesiones de los Consejos Locales y Distritales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio del 2011, que abroga al anterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio del 2008.

  6. En sesión extraordinaria celebrada el 25 de julio de 2011, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, modificó el Acuerdo CG187/2011 por el que se reformó el Reglamento de Sesiones de los Consejos Locales y Distritales del Instituto Federal Electoral, en acatamiento a lo ordenado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-140/2011, y su acumulado SUP-RAP-142/2011, mediante Acuerdo CG243/2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2011.

CONSIDERANDO

  1. Que de conformidad con los artículos 41, párrafo segundo, Base V, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 104, 105, numeral 2 y 106, numeral 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la Ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

  2. Que de conformidad con los artículos 41, párrafo segundo, Base V, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Federal Electoral tiene a su cargo en forma integral y directa las actividades relativas a los cómputos que se generen en los procesos electorales

    federales.

  3. De conformidad con lo establecido en los artículos 41, párrafo segundo; 50; 51; 52; 56; 80; 81 y 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 9, 10 y 11 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en las elecciones federales de 2012 se elegirán presidente, senadores y diputados, ambos cargos por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

  4. Que de acuerdo con el artículo 105, párrafo 1, incisos a), d), e), f) y g) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, son fines del Instituto contribuir al desarrollo de la vida democrática; asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; así como llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática.

  5. Que el artículo 109 del ordenamiento legal citado establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como velar que los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

  6. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 118, numeral 1, incisos a), b) y z) del código de la materia y 5, numeral 1, inciso b) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, es atribución del Consejo General vigilar el adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto, así como dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas sus atribuciones.

  7. Que el artículo 144 del código de referencia señala que en cada uno de los 300 distritos electorales, el Instituto contará con una Junta Distrital Ejecutiva, un Vocal Ejecutivo y un Consejo Distrital. Dichos órganos tendrán su sede en la cabecera de cada uno de los distritos electorales.

  8. Que los artículos 149, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 29 del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral y 1, párrafo 2 del Reglamento de Sesiones...

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