Resolución final del examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de conexiones de hierro maleable, hasta de dos pulgadas de diámetro, negras o galvanizadas, en diversas formas o medidas, con resistencia a presión hasta ciento cincuenta libras por pulgada cuadrada,...

Fecha de disposición09 Agosto 1999
Fecha de publicación09 Agosto 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución final del examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de conexiones de hierro maleable, hasta de dos pulgadas de diámetro, negras o galvanizadas, en diversas formas o medidas, con resistencia a presión hasta ciento cincuenta libras por pulgada cuadrada, para unir tubería de acero; mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias 7307.19.02, 7307.19.03, 7307.19.99 y 7307.99.99 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

RESOLUCION FINAL DEL EXAMEN PARA DETERMINAR LAS CONSECUENCIAS DE LA SUPRESION DE LA CUOTA COMPENSATORIA DEFINITIVA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE CONEXIONES DE HIERRO MALEABLE, HASTA DE DOS PULGADAS DE DIAMETRO, NEGRAS O GALVANIZADAS, EN DIVERSAS FORMAS O MEDIDAS, CON RESISTENCIA A PRESION HASTA CIENTO CINCUENTA LIBRAS POR PULGADA CUADRADA, PARA UNIR TUBERIA DE ACERO; MERCANCIAS CLASIFICADAS EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7307.19.02, 7307.19.03, 7307.19.99 Y 7307.99.99 DE LA TARIFA DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver el expediente administrativo E.C. 05/98 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, teniendo en cuenta los siguientes

RESULTANDOS

Resolución definitiva

  1. El 15 de abril de 1993 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución definitiva del procedimiento de investigación antidumping sobre las importaciones de conexiones de hierro maleable, hasta de dos pulgadas de diámetro, negras o galvanizadas, en diversas formas o medidas, con resistencia a presión hasta ciento cincuenta libras por pulgada cuadrada, para unir tubería de acero, mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias 7307.19.02, 7307.19.03, 7307.19.99 y 7307.99.99 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

    Monto de la cuota compensatoria

  2. En la resolución a que se refiere el punto anterior, la Secretaría impuso una cuota compensatoria definitiva de 33.34 por ciento a las importaciones de conexiones de hierro maleable, ya descritas, clasificadas en las fracciones arancelarias que se indican y originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

    Información sobre el producto

    1. Descripción del producto

  3. En los Estados Unidos Mexicanos el producto investigado de fabricación nacional se conoce como "conexiones de hierro maleable”, se comercializa con las marcas "CIFUNSA" y "HM" y cumple con las especificaciones técnicas NOM H22-1989 y ANSI B 16.3.

  4. En la República Popular China este producto al igual que el nacional se conoce como "conexiones de hierro maleable”. El nombre comercial de ambos productos es “conexiones de hierro negras y galvanizadas”, los cuales son fabricados en diversas formas y medidas.

  5. Tanto las conexiones de hierro nacionales como las importadas (negras y galvanizadas) se manufacturan mediante el mismo proceso productivo, ambos utilizan los mismos insumos y cuentan con una resistencia a la presión de 150 y 300 libras por pulgada cuadrada.

    1. Régimen arancelario

  6. De acuerdo con la nomenclatura arancelaria de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, los productos importados se clasifican en las fracciones arancelarias 7307.19.02, 7307.19.03, 7307.19.99 y 7307.99.99 y se describen como accesorios de tubería de fundición de hierro o de acero maleable "sin recubrimiento" y "con recubrimiento metálico", respectivamente.

  7. Conforme al Segundo Decreto que modifica a la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, publicado el 31 de diciembre de 1998 en el Diario Oficial de la Federación, el producto de importación está sujeto a un impuesto ad-valorem del 18 por ciento, no requiere permiso para su importación y su unidad de medida es el kilogramo.

  8. La empresa solicitante Manufacturas Cifunsa, S.A., manifestó que a través de las fracciones arancelarias investigadas, mencionadas en el punto 6 de esta Resolución, se importan productos diferentes a los sujetos a investigación, entre los que se encuentran: empalmes (racores), codos y manguitos de fundición, los cuales son fabricados a partir del hierro o del acero. Este tipo de productos se utilizan principalmente en la industria automotriz y/o petroquímica y, no son idénticos ni similares a las conexiones de hierro maleable producidas por Manufacturas Cifunsa, S.A. de C.V.

    1. Proceso productivo

  9. El proceso productivo, tanto de las conexiones de hierro nacionales como importadas, consiste en el vaciado del metal líquido en moldes de arena en verde, con la utilización de corazones o machos formados por arena aglutinada químicamente mediante el uso de resinas y catalizadores. Para el caso de las conexiones galvanizadas, el proceso se realiza por inmersión en caliente en un baño de zinc líquido. El maquinado de las roscas se realiza posteriormente al proceso de galvanizado.

    1. Usos del producto

  10. Tanto el producto importado como el nacional son utilizados para la unión, separación, cambio de sentido y la reducción de diámetros de tubería cuya función principal es la conducción de fluidos líquidos y gases.

  11. Las conexiones negras se utilizan principalmente en sistemas de conducción de gases, en los cuales no se requiere una protección especial contra la corrosión del hierro; por su parte, las conexiones galvanizadas se utilizan en sistemas de conducción de agua, o bien en aquellos sistemas de conducción de fluidos en los que las características del fluido o del ambiente en el que se instalan requieren una protección contra la corrosión del hierro.

    1. Consumidores

  12. Los principales usuarios de las conexiones de hierro maleable investigadas son las empresas relacionadas con la construcción, industria y plomería. En la construcción de casas habitación y en la construcción no residencial, estos productos se utilizan en medidores, tinacos, llaves de jardín y conducción de gas. En el sector industrial se emplean en la conducción de aire, gas, aceite y vapor.

    1. Canales de distribución

  13. Los canales de distribución que se emplean en la comercialización de conexiones de hierro maleable tanto importadas como nacionales son los mismos. Se trata de clientes especializados en el ramo de la construcción los cuales actúan como distribuidores mayoristas y medio mayoristas de empresas constructoras, fabricantes de tuberías, niples y válvulas, así como de distribuidores detallistas como las ferreterías y tlapalerías. Estos últimos venden a personas físicas o morales interesadas en la instalación, reposición o compostura de tubería en el área habitacional e institucional.

    Presentación de la solicitud

  14. Con fecha 29 de abril de 1998, las empresas Manufacturas Cifunsa, S.A. de C.V., y Cifunsa, S.A. de C.V., comparecieron ante la Secretaría de Comercio y...

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