Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 2019-05-09

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Mayo de 2019
Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA 9 DE MAYO DE 2019 No. 87
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Régimen de Protección Social en Salud del Distrito Federal
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10
20
Aviso por el que se da a conocer su Código de Conducta
Alcaldía en Cuauhtémoc
Acuerdo de designación de servidores públicos, como apoderados generales para la defensa jurídica de la misma
Alcaldía en Milpa Alta
Aviso por el cual se da a conocer las Reglas de Operación de la acción social, “El Gobierno de los Pueblos
Impulsando Bienestar”, para el ejercicio 2019
Nota Aclaratoria, a las Reglas de Operación del programa social “Aliméntate Bien”, publicadas en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, con fecha 31 de enero del 2019, Tomo III
Congreso de la Ciudad de México
Fe de Erratas al Decreto aprobado por el pleno el 21 de noviembre de 2018, por el que se modifica la
denominación de la Ley de Aguas del Distrito Federal por la Ley del Derecho a los Servicios Públicos de Agua
Potable, Drenaje, Alcantarillado y Tecnología Hídrica de la Ciudad de México, y Reforma, Modifica y Adiciona
diversas disposiciones. asimismo, se reforma y adiciona el artículo 5 de la Ley de Aguas del Distrito Federal 24
Continúa en el Pág. 2
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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
9 de mayo de 2019
Índice
Viene de la Pág. 1
Decreto por el que se reforma la fracción XXVII del artículo 74 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de
xico 27
Decreto por el que se reforman los Artículos Vigésimo y Vigésimo Primero Transitorios de la Ley Orgánica del
Congreso de la Ciudad de México 28
Decreto por el que se reforma la fracción XV y se adiciona la fracción XVI del artículo 487 del Reglamento del
Congreso de la Ciudad de México 29
Decreto por el que se reforma la fracción XVII, del artículo 74, de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de
México 30
Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 46, fracción I del artículo 165, Inciso B), fracción VII del
artículo 215, fracción VIII del artículo 233, artículo 237 y último párrafo del artículo 257; y se derogan los
artículos 56, 57, fracción V del artículo 220 y antepenúltimo párrafo del artículo 358, todos del Reglamento del
Congreso de la Ciudad de México 31
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación.- Licitación Pública Nacional, número
SECTEI/LPN/008/2019.- Convocatoria 007.- Contratación de servicio integral de operación y mantenimiento
para museo móvil interactivo “Vive la Ciencia” y la feria científica que lo acompaña 33
Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional, número LPN-DGAF-003-2019.- Convocatoria
003.- Adquisición de camionetas 34
Secretaría del Medio Ambiente.- Sistema de Aguas.- Licitaciones Públicas Nacionales, números SACMEX-LP-
072-2019 y SACMEX-LP-073-2019.- Convocatoria 031.- Construcción de línea a presión de colector, así como
supervisión técnica y administrativa 35
SECCIÓN DE AVISOS
Grupo Codesera de México, S.A. de C.V.
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
RÉGIMEN DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL DISTRITO FEDERAL
Lic. Daniela Francisca Díaz Echeverría, Directora General del Régimen de Protección Social en Salud del Distrito Federal, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, fracción I, 50 y 74 fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la
Administración Pública de la Ciudad de México; Décimo Cuarto Fracción VIII del Decreto por el que se crea el Organismo
Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, denominado Régimen de Protección Social en Salud del
Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 21 de enero de 2016; 1 y 25, fracción II, de la Ley de
Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México; Transitorio Segundo del Código de Ética de la Administración
Pública de la Ciudad de México, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN
SOCIAL EN SALUD DEL DISTRITO FEDERAL
Ser una persona servidora pública, seguidora y promotora activa del Código de Conducta.
Justificación
El Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de México refiere la obligatoriedad de diseñar y socializar un
Código de Conducta en el que se indique de manera específica la movilidad y directriz que habrán de introyectar y cumplir las
personas servidoras públicas del Régimen de Protección Social en Salud del Distrito Federal.
De esta manera y en cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables, el Régimen de Protección Social en Salud del Distrito
Federal se suma al esfuerzo y cumplimento de acciones que permitan a las personas servidoras públicas, en el ejercicio de sus
funciones, conducirse conforme a los principios constitucionales, siempre bajo una óptica de igualdad de género, trasparencia,
rendición de cuentas, derechos humanos, combate a la corrupción e interculturalidad.
Así y con el propósito de orientar la actuación que deben observar los servidores públicos en su quehacer cotidiano en áreas
relacionadas con la administración, la prestación de servicios, la asignación de funciones y actividades propias de cada unidad
administrativa, se ha emitido el siguiente Código de Conducta del Régimen de Protección Social en Salud del Distrito Federal.
Este Código de Conducta, determina una serie de reglas concretas de actuación y complementa las leyes para evitar
comportamientos ilegales y no éticos, así como conductas contrarias a los intereses y valores del Régimen de Protección Social en
Salud del Distrito Federal.
Es importante destacar que este Código de Conducta del Régimen de Protección Social en Salud del Distrito Federal no es
limitativo, sino que tiene la posibilidad de actualizarse y enriquecerse de manera permanente con las observaciones que al respecto
queramos hacer.
“Hagamos lo correcto” es la ideología del Régimen de Protección Social en Salud del Distrito Federal cuya finalidad es reforzar lo
dispuesto en el Código de Ética y de Conducta institucional y con ello, evitar prácticas irregulares o corruptas en el desarrollo de
las actividades de todos.
Objetivos del Régimen de Protección Social en Salud
a) Programar la asignación presupuestal respecto a los recursos recibidos del financiamiento, de acuerdo con las metas de
operación de los Servicios de Salud Pública de la CDMX, de la Secretaría de Salud de la CDMX y del Régimen de Protección
Social en Salud del Distrito Federal.
b) Identificar e incorporar a la población sin seguridad social al Sistema, a través de actividades de promo ción y difusión.
c) Implementar y supervisar las estrategias y los procedimientos necesarios para garantizar que la atención recib ida por el usuario
del Sistema, esté vinculada a los Catálogos de Servicios emitidos por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
Misión del Régimen de Protección Social en Salud del Distrito Federal
Ofrecer un esquema de atención en materia de salud, público, gratuito, voluntario y de calidad, mediante el fortalecimiento
financiero de la red sanitaria de la Ciudad de México.

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