Gaceta 84 de 2018-02-27 - Extraordinaria

Fecha de Entrada en Vigor28 de Febrero de 2018
GACETAOFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTOR GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO
MARTÍN QUITANO MARTÍNEZ
DIRECTOR DE LA GACETA OFICIAL
IGNACIO PAZ SERRANO
Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCVII Xalapa-Enríquez, Ver., martes 27 de febrero de 2018 Núm. Ext. 084
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER EJECUTIVO
ACUERDO DE SIMPLIFICACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL
PROGRAMA ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA 2017-2018.
folio 260
ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO
CONVENIO ESPECÍFICO DE APOYO Y COLABORACIÓN ENTRE EL
ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE
VERACRUZ Y EL COLEGIO DE NOTARIOS PÚBLICOS DEL ESTADO DE
VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.
folio 255
SUMARIO
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER EJECUTIVO
Miguel Ángel Yunes Linares, Gobernador del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, en el ejercicio de las facultades
que me confieren los artículos 42, 49 fracciones I, V, X y XXIII de
la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave; y 8 fracciones II y XIV de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y
C O N S I D E R A N D O
I. Que el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave ha realizado acciones concretas para posicionar a la
entidad como una potencia productiva que fomenta y ge-
nera inversión, a través de una política de mejora regulatoria
sólida, por medio de la cual se ha impulsado la moderniza-
ción en la administración de los trámites y servicios para
sus ciudadanos y el sector empresarial;
II. Que de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo
2013 - 2018, la estrategia 4.7.2 de la sección México Próspe-
ro promueve el fortalecimiento de la convergencia entre los
órdenes de gobierno para impulsar una Agenda Común de
Mejora Regulatoria, la cual busca promover políticas de
revisión normativa y de simplificación y homologación de
trámites que tengan como fin facilitar la creación y escala-
miento de empresas;
III. Que los trámites y servicios son algunos de los principales
instrumentos que tiene un gobierno para interactuar con
los ciudadanos y empresarios, sin embargo, existen ocasio-
nes en que los trámites pueden representar un proceso com-
plejo y costoso que desincentiva la actividad económica y
entorpece la relación entre la ciudadanía y el gobierno;
IV.Que mejorando la gestión gubernamental, se reducirán los
incentivos para la corrupción y se promoverá la inclusión
de las empresas al sector formal, lo que permitirá elevar la
competitividad y mejorar la inversión del sector privado en
el Estado;
V. Que de acuerdo al punto 7 de la Agenda Común de Mejora
Regulatoria se creó el Programa de Simplificación de Cargas
(SIMPLIFICA), el cual es una política pública que identificó
los trámites y servicios más costosos para la ciudadanía y
los empresarios, con el fin de elaborar un Programa de Me-
jora Regulatoria que implemente reformas y mejoras admi-
nistrativas necesarias para la disminución de los costos de
cumplimiento de la regulación en las entidades federativas
y municipios del país;
VI. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de
la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, las dependencias y entidades del Eje-
cutivo deben elaborar los Programas Bienales de Mejora
Regulatoria que contendrán toda su planeación regulatoria;
VII. Que de acuerdo al artículo 9 de la Ley de Mejora Regulatoria
para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la Secre-
taría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave (SEDECOP), es la encarga-
da de emitir el dictamen sobre los Programas Bienales de
Mejora Regulatoria de las dependencias y entidades, así
como de recibir y evaluar los informes de avance que pre-
senten semestralmente. Asimismo, es la responsable de
asesorar y coordinar los trabajos en materia de mejora
regulatoria de las dependencias y entidades, e integrar y
administrar, en colaboración con la Contraloría General del
Estado, el Registro Estatal de Trámites y Servicios;
VIII. Que con el objeto de simplificar los trámites y servicios, la
SEDECOP en coordinación con la Comisión Federal de Me-
jora Regulatoria (COFEMER), implementaron el Programa
SIMPLIFICA para 755 trámites y servicios de 15 dependen-
cias del Estado;
IX. Que como resultado de la implementación del Programa
SIMPLIFICA se generaron recomendaciones específicas a
100 trámites y servicios prioritarios;
X. Que dado los resultados que arrojó el Programa SIMPLIFI-
CA, el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria en su Primera
Sesión Ordinaria celebrada el 11 de octubre de 2017, tomó el
ACUERDO CEMR-ORD-11/10/17-05, en el cual se concertó
la implementación de acciones de simplificación para los
100 trámites y servicios prioritarios identificados, lo cual se
llevará a cabo mediante el Programa Estatal de Mejora
Regulatoria 2017-2018; y
XI. Que en términos de lo dispuesto por el Programa SIMPLI-
FICA, es deber del Gobernador del Estado emitir el Acuer-
do de Simplificación para eliminar o simplificar los trámites
y servicios más tediosos, mismo que contendrá el Progra-
ma Estatal de Mejora Regulatoria.
Por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir el
siguiente:
Acuerdo de Simplificación para la Implementación del
Programa Estatal de Mejora Regulatoria 2017-2018.
Artículo 1. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer
las acciones y lineamientos que deberán seguir las dependen-
cias y entidades de la Administración Pública Estatal, para
implementar el Programa Estatal de Mejora Regulatoria 2017-
2018 en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Artículo 2. Para efectos de este Acuerdo se entenderá por:
I. Acciones de Simplificación: Acciones administrativas o
jurídicas realizadas por las dependencias o entidades, ten-
dientes a reducir el Costo Social Total de los trámites o
servicios correspondientes;
II. COFEMER: La Comisión Federal de Mejora Regulatoria,
Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría
de Economía de conformidad con el artículo 69-E de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA);
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GACETA OFICIAL
Martes 27 de febrero de 2018
III. Consejo Estatal de Mejora Regulatoria: Autoridad encar-
gada en el ámbito estatal de dirimir o mitigar controversias
entre las diferentes dependencias o entidades de la Admi-
nistración Pública Estatal, en materia de mejora regulatoria;
IV.Costo Económico Social: Valor monetario anual del tiem-
po destinado a la acumulación de requisitos y resolución
por parte de la dependencia o entidad de un trámite o
servicio específico;
V. Dependencias y Entidades: Las establecidas en los
artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
VI. Fichas: Fichas de simplificación que tienen por objeto es-
tablecer las acciones de simplificación que deberán seguir
las dependencias o entidades de la Administración Públi-
ca Estatal para cada trámite prioritario;
VII. Ley: Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave;
VIII. Programa: Programa Estatal de Mejora Regulatoria 2017-
2018, adjunto como anexo al presente Acuerdo;
IX. Programa SIMPLIFICA: Herramienta de política pública
que permite identificar y medir los costos generados por
los trámites y servicios a nivel subnacional, con el objeti-
vo de emitir recomendaciones puntuales para simplificar
los trámites y servicios más costosos y por ende dismi-
nuirlos, reflejando un ahorro importante para el estado o
municipio que implemente el Programa;
X. Responsable Oficial de Mejora Regulatoria: Los estable-
cidos en el artículo 14 de la Ley.
XI. Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario: Autori-
dad encargada en el ámbito estatal, de la organización, pro-
gramación y ejecución de los programas y acciones en ma-
teria de mejora regulatoria y simplificación administrativa;
XII. Servicio: Actividad que brinda un ente público de carác-
ter potestativo, general, material o no material, continuo y
disponible para personas físicas o morales del sector pri-
vado que tienen por objeto satisfacer una necesidad
pública;
XIII. Trámite: Cualquier solicitud o entrega de información que
las personas físicas o morales del sector privado hagan
ante una dependencia o entidad, ya sea para cumplir una
obligación, obtener un beneficio o servicio, o en general,
a fin de que se emita una resolución, así como cualquier
documento que dichas personas estén obligadas a con-
servar; y
XIV.Trámites Prioritarios: Trámites y servicios que represen-
tan el mayor Costo Económico Social para el Estado.
Artículo 3. El Programa será monitoreado y evaluado por la
Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario conforme lo
establecido en los artículos 16, 17, 18 y 19 de la Ley.
Artículo 4. El Programa consiste en las Acciones de Simpli-
ficación definidas en las fichas validadas por cada Responsable
Oficial de Mejora Regulatoria. Contiene además de manera pun-
tual a los responsables, mecanismos y calendario de
implementación para cada una de las dependencias o entidades.
Artículo 5. El mecanismo de monitoreo se llevará a cabo
mediante reportes bimestrales de avances de las Acciones de
Simplificación de las dependencias y entidades, conforme a lo
señalado en el Programa, y se enviarán a la Secretaría de Desa-
rrollo Económico y Portuario, misma que en su caso podrá soli-
citar un reporte extemporáneo de avances.
Artículo 6. Para evaluar el impacto de las Acciones de Sim-
plificación, una vez que finalice el Programa en el período esta-
blecido, la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario en-
viará la información de los trámites prioritarios a la COFEMER
para que se realice nuevamente el cálculo del Costo Económico
Social mediante el Programa SIMPLIFICA.
Se considerará un impacto positivo de las acciones de mejora
regulatoria si el Costo Económico Social de los trámites priorita-
rios antes de iniciar el Programa es mayor al Costo Económico
Social de los trámites prioritarios una vez finalizado el Programa.
Artículo 7. En caso de que las dependencias o entidades
hagan caso omiso a la implementación del Programa, la Secreta-
ría de Desarrollo Económico y Portuario lo hará del conocimien-
to de las autoridades competentes de dirimir dicha omisión y, en
su caso, se apliquen las sanciones de carácter administrativo,
penal o de cualquier otra índole.
T R A N S I T O R I O S
Primero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano del
Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Segundo. El presente Acuerdo entrará en vigor al día de su
publicación.
Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opon-
gan al presente Acuerdo.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, en la ciudad de Xalapa-
Enríquez, Veracruz, a los quince días del mes de enero de
dos mil dieciocho.
Miguel Ángel Yunes Linares
Gobernador del Estado
Rúbrica.
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