Gaceta 470 de 2018-11-23 - Extraordinaria (Tomo II)

Fecha de publicación23 Noviembre 2018
Número de Gaceta470
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTOR DE LA GACETA OFICIAL
IGNACIO PAZ SERRANO
Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCVIII Xalapa-Enríquez, Ver., viernes 23 de noviembre de 2018 Núm. Ext. 470
SUMARIO
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO II
GOBIERNO DEL ESTADO
———
SECRETARÍA DE MEDIO A MBIENTE
ACTUALIZACIÓN DE PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO
REGIONAL DE LA REGIÓN CAPITAL DE XALAPA, VER.
folio 2669
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Mariana Aguilar López, titular de la Secretaría de
Medio Ambiente del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 27 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 50 de
la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1,
2, 4, 9 fracción VIII Bis, 28 Bis, 28 Ter,
fracciones I, II, IV, V, X, XIII, XLIV y XLV de
la Ley Orgánica del Poder ejecutivo del Estado;
1, 2 fracción I, 4 fracción I Apartado A y B, 6
fracciones I, II y XI, 8, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19,
20, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de la Ley
número 62 Estatal de Protección Ambiental, y 13
fracciones X, XI y XXXV del Reglamento
Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y
demás relativos y aplicables;
C O N S I D E R A N D O
I. Que la Secretaría de Medio Ambiente, en
coordinación con la Federación y los
Ayuntamientos, es responsable de realizar
los procesos de planeación democrática
cuyas actividades permitan recoger,
sintetizar, sistematizar, ordenar y traducir, en
decisiones y acciones de gobierno, las
demandas sociales, en materia ambiental.
Por lo que, se tiene la obligación de impulsar
los mecanismos normativos de gestión y
operación que fortalezcan a la conservación
y aprovechamiento sustentable de nuestro
Estado.
II. Que de acuerdo al artículo 8 de la Ley Estatal
de Protección Ambiental del Estado de
Veracruz, faculta al Ejecutivo del Estado
para celebrar acuerdos o convenios de
coordinación con la Federación y los
Municipios, con el objeto formular, expedir,
evaluar y ejecutar los Programas de
Ordenamiento Ecológico del Territorio a que
se refiere el artículo 16 de esta Ley, con la
participación de los municipios respectivos y
la sociedad civil sean congruentes con el
ordenamiento ecológico regional del Estado.
con base en el Artículo 19, fracción II, que
es competencia del Estado, la elaboración de
los programas de ordenamiento ecológico
regionales.
IV. Que el 16 de mayo de 2016, se firmó entre
los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal,
el Convenio Marco de Coordinación que con
el objeto de establecer las bases para la
instrumentación de la formulación,
aprobación, expedición, ejecución,
evaluación y modificación del Programa de
Ordenamiento Ecológico Territorial de la
Región Capital de Xalapa, que ubica los
municipios de Acajete, Banderilla,
Coatepec, Emiliano Zapata, Jilotepec,
Naolinco, Rafael Lucio, Teocelo,
Tlalnelhuayocan, Xalapa y Xico, con el
objeto de realizar acciones y conjuntar
recursos tendientes a la planificación del
territorio en función del patrimonio natural,
de los medios de transformación de los
recursos naturales, de los costos y beneficios
que estos aportan a la sociedad en su
conjunto, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el pasado 14 de septiembre de
2016, asimismo se publicó en la Gaceta
Oficial del Estado Núm. Ext. 338 del 24 de
agosto de 2016.
V. Que el 29 de agosto de 2016 se instaló el
Comité del Ordenamiento Ecológico
Regional de la Región Capital de Xalapa.
VI. Que en la siguiente dirección electrónica se
encuentra la bitácora ambiental http://www.
veracruz.gob.mx/medioambiente/ordenxala
pa/, la cual guarda el registro del proceso de
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elaboración del programa de ordenamiento
ecológico, en donde se puede consultar la
información técnica y los procesos de
formulación del propio programa.
VII. Que el Área de Ordenamiento Ecológico
(AOE) comprende 11 municipios del Centro
del Estado de Veracruz: Acajete, Banderilla,
Coatepec, Emiliano Zapata, Jilotepec,
Naolinco, Rafael Lucio, Teocelo,
Tlalnelhuayocan, Xalapa y Xico, los cuales
de acuerdo a la información geográfica del
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
(INEGI) tienen una superficie de 1,258.26
km2, lo que representa el 1.74%
aproximadamente del total de la superficie
estatal, en esta área viven 744,465
habitantes.
VIII. Las coordenadas extremas del área de
ordenamiento ecológico son: al norte
19°42'52" en Latitud norte; al este 96°32'26"
en Longitud oeste; al sur 19°20'15" en
Latitud norte y al oeste 97°8'8" en Longitud
oeste; abarcando un área total de 1,258.26
km². El área se encuentra en la provincia
fisiográfica del Sistema Volcánico
Transmexicano, el cual cruza la República
Mexicana a través del paralelo 19. Por ende,
el rango altitudinal de la región comprende
entre los 110 msnm el municipio de
Emiliano Zapata (sureste) a los 3,100 msnm
en el municipio de Acajete (oeste), con una
diferencia altitudinal de 3,000 metros
aproximadamente.
IX. Que, dentro de las acciones instauradas, se
puso a disposición de la ciudadanía la
convocatoria: "Consulta pública de la
propuesta del Programa de Ordenamiento
Ecológico Regional de la Región Capital de
Xalapa", mediante publicación en la Gaceta
Oficial del estado en su número 517 de fecha
28 de diciembre de 2016. De igual manera se
publicó en la página Web de la dependencia
a través del vínculo http://www.veracruz.
gob.mx/medioambiente/ordenxalapa/.
X. Que uno de los problemas primordiales que
se deben enfrentar en los próximos años, es
el de impulsar un desarrollo ordenado, que
posibilite la integración y articulación de
programas y proyectos de desarrollo,
minimice tiempos y procedimientos, decida
el mejor uso del territorio de acuerdo con su
aptitud, genere mercados alternativos y
complementarios, ofrezca certidumbre a la
inversión pública y privada y facilite la toma
de decisiones.
Por todo lo anterior, tengo a bien expedir el:
Programa de Ordenamiento
Ecológico Regional de la Región
Capital de Xalapa.
Artículo 1. El documento de ordenamiento
ecológico que contiene el mapa del mismo, las
tablas de las fichas de unidades de gestión
ambiental y de criterios ecológicos se agregan al
presente como Anexos 1, A, B, C, D y E forman
parte integral del mismo; se pone a disposición
de la ciudadanía en las oficinas de la Secretaría
de Medio Ambiente del Estado de Veracruz, sito
en Calle Madero Número 3 Colonia Centro de
Xalapa, Veracruz o en el inmueble que de manera
oficial llegue a utilizar con posterioridad, así
como en su página de Internet en el vínculo http://
www.veracruz.gob.mx/medioambiente/ordenxal
apa/, siendo obligatoria su observancia a partir de
la presente publicación.
1. Anexo 1. Mapa regional del Modelo de
Ordenamiento Ecológico.
2. Anexo A. 153 fichas de unidades de gestión
ambiental (UGA) del Programa de
Ordenamiento Ecológico Regional de la
Región Capital de Xalapa.
3. Anexo B. Criterios de Regulación
Ecológica.
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