GACETA 394 , Jueves 01 de OCTUBRE de 2020 EXTRAORDINARIA

Fecha de publicación01 Octubre 2020
Número de Gaceta394
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Gutiérrez Zamora s/n Esq. Diego Leño, Col. Centro Tel. 22 88 17 81 54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CCII Xalapa-Enríquez, Ver., jueves 1 de octubre de 2020 Núm. Ext. 394
GOBIERNO DEL ESTADO
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SUMARIO
FISCALÍA GENERAL DEL E STADO
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL
EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE
GOBERNACIÓN,EL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ,Y POR
LA TITULAR DE LA INSTANCIA ESTATAL RESPONSABLE Y RECEPTORA,
LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE VERACRUZ,PAR A LA
REALIZACIÓN DEL PROYECTO AVG/VER/M4/FGEV
folio 0900
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
COATZACOALCOS, VER.
MANUAL DE POLÍTICAS PARA EL TRÁMITE Y CONTROL DE VIÁTICOS
Y GASTOS DE VIAJE.
folio 0895
REGLAMENTO INTERNO DE LA POLICÍA MUNICIPAL.
folio 0896
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO I
GOBIERNO DEL ESTADO
———
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “GOBERNACIÓN”; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE
DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENT ADA POR SU TITULAR
ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA
PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR
SU TITULAR MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL
ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, REPRESENTADO POR EL
GOBERNADOR DEL ESTADO, CUITLÁHUAC GARCÍA JIMÉNEZ, ASISTIDO POR EL
SECRETARIO DE GOBIERNO, ERIC PATROCINIO CISNEROS BURGOS; EL SECRETARIO DE
FINANZAS Y PLANEACIÓN, JOSÉ LUIS LIMA FRANCO Y POR LA TITULAR DE LA
INSTANCIA ESTATAL RESPONSABLE Y RECEPTORA, L A FISCAL GENERAL DEL ESTADO
DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, , VERÓNIC A HERNÁNDEZ GIADÁNS, A QUIENES
EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EF ECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES
DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE
COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violenci a, regula en su Título II
Modalidades de la Violencia, Capítulo V de la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de
Género contra las Mujeres, alerta de violencia de género contra las mujeres, es de gran
trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado
mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica
adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en
su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género t iene como finalidad detenerla y erradicarla, a
través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por “GOBERNACIÓN” en el
ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México, las entidades federativas y los
municipios reconocen la necesidad de actuar para eliminar con textos de violencia social contra las
mujeres en todo el país; por ello, estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a
su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la
promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2019, señala en el Anexo 13, “Erogaciones
para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, una asignación presu puestal para promover la
atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
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ina 2 GACETA OFICIAL Jueves 1 de octubre de 2020
En términos del artículo 75 de la Le y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
(LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia,
publicidad, selectividad y tem poralidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar
con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento,
supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio
en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de
las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a
dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los
recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de
que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 28 de febrero de 2020, suscrito
por Verónica Hernández Giadáns, entonces Encargada del Despacho de la Fiscalía General del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la entidad federativa solicitó en tiem po y forma a la
Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos
federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVG/VER/M4/FGEV.
Derivado del cumplimiento en tiempo y form a de los requisitos señalados en los Lineamientos para
la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las
declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el
ejercicio fiscal 2020 en lo sucesivo (Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos en lo
sucesivo (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de
$2,320,000.00 (Dos millones trescientos veinte mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del
proyecto AVG/VER/M4/FGEV. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio
CNPEVM/537-5/2020 de fecha 31 de julio de 2020.
La Entidad Federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el Ejercicio Fiscal
2020, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se
publiquen.
Así, LAS PARTES manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
I. GOBERNACIÓN declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación en lo sucesivo (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en
el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de
los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que
se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo
mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades
federativas como de los municipios.
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