Gaceta 344 de 2015-08-28 - Extraordinaria

GACETAOFICIAL
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO
ELVIRA VALENTINA ARTEAGA VEGA
DIRECTOR DE LA GACETA OFICIAL
ENRIQUE ALEJANDRO GALINDO MARTÍNEZ
Calle Morelos, No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCII Xalapa-Enríquez, Ver., viernes 28 de agosto de 2015 Núm. Ext. 344
SUMARIO
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GOBIERNO DEL ESTADO
———
INSTITUTO VERACRUZANO DEL DEPORTE
REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES DE LA
UNIDAD DEPORTIVA LEYES DE REFORMA.
folio 969
INSTRUCTIVO PARA LA SELECCIÓN, DICTAMINACIÓN Y MANTENIMIEN-
TO DE BECAS, ESTÍMULOS, RECONOCIMIENTOS Y PREMIOS.
folio 970
PRESENTACIÓN
UNIDAD DEPORTIVA “LEYES DE REFORMA”
Un Gobierno que incluye en su Plan de desarrollo, la promoción y el impulso
de programas a favor de la Cultura Física y el Deporte, e invierte en espacios
para su desarrollo y práctica organizada, contribuye a una mejor calidad de
vida de sus gobernados.
La rehabilitación integral de la Unidad Deportiva “Leyes de Reforma”,
acertada visión del Dr. Javier Duarte de Ochoa, Gobernador de Veracruz, por
mejorar los espacios deportivos que la constituyen, a fin de aportar una mejor
atención a todo usuario; y puesta al servicio de las y los veracruzanos(as),
impone normar su operación.
El Instituto Veracruzano del Deporte, Órgano rector del Estado en Política
Pública Deportiva, con autorización del Ejecutivo del Estado, según Decreto
número 38, publicado en Gaceta Oficial No. 109 del 11 de septiembre de 1999,
tiene el uso y disfrute de las Instalaciones de la Unidad Deportiva “Leyes de
Reforma”, para realizar las actividades que tiene a su cargo y le sirva de
domicilio legal.
Las nuevas construcciones y la rehabilitación de algunos espacios, conllevó a
ampliar la Infraestructura y con ello, los servicios a otorgarse a un mayor
número de solicitantes; así, se cuenta ahora con: Centro Acuático, Centro de
Raqueta, Arena Veracruz, Centro de Boliche, Canchas de Frontón y Alberca
para Nado Sincronizado y Polo Acuático; sumando a éstos el gimnasio
“Romary Rifka”, Instalaciones en los que mediante adecuaciones, sin
afectación a la estructura, permitieron ampliar la cobertura de atención y para
ello, fue elaborado y está en operación, un plan técnico - metodológico cuyo
objetivo es, a corto y mediano plazo, tener deportistas en las distintas
disciplinas que acorde a los espacios, se practican con capacidad competitiva,
pero igualmente sus puertas están abiertas de manera reglamentada, a
quienes han sido usuarios por años, cumpliendo con ello la política de
desarrollo social de la actual Administración Estatal.
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GACETA OFICIAL
Viernes 28 de agosto de 2015
GOBIERNO DEL ESTADO
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INSTITUTO VERACRUZANO DEL DEPORTE
REGLAS DE OPERACIÓN
PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES DE LA
UNIDAD DEPORTIVA “LEYES DE REFORMA”
En sustento al contenido de los Artículos 6 y 37 de la Ley del Sistema Estatal de
Cultura Física y Deporte, para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y
Artículo 41 del Reglamento de la misma, la Dirección General del Instituto
Veracruzano del Deporte, pone en funcionamiento las presentes REGLAS DE
OPERACIÓN para el uso de las Instalaciones de la Unidad Deportiva “Leyes de
Reforma”, con las cuales se norma la actividad en éstas y se precisa para cada
usuario, su comportamiento, a fin de que contribuya a conservar en buen estado los
distintos espacios deportivos y posibilite su mantenimiento, para el óptimo
funcionamiento.
CAPÍTULO PRIMERO:
Disposiciones Generales:
Artículo 1. La Unidad Deportiva “Leyes de Reforma”, es un centro que tiene como
objeto el desarrollo del deporte y de las y los deportistas veracruzanos(as),
proporcionando servicio sin distingo, a las y los niños, jóvenes y adultos que se
inscriban bajo la modalidad que corresponda al espacio deportivo: Centro Acuático,
Arena Veracruz y Centro de Raqueta, de acuerdo a las presentes Reglas de Operación
para participar en el desarrollo de la actividad deportiva.
Artículo 2. Las presentes Reglas establecen los criterios de ordenamiento,
administración y procedimientos a que se sujetarán los usuarios en su desempeño
para el logro, conservación y mejoramiento de la UNIDAD, por lo tanto son de
observancia general obligatoria, al igual que las disposiciones secundarias que de
éstas se deriven, como Reglamento Interno de cada instalación, Reglamento del
Deporte, Procedimiento para la captación, selección y atención a las y los usuarios.
Artículo 3. Para los efectos de las presentes “Reglas de Operación”, se entenderá
por:
CONADE. A la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.
INSTITUTO. Al Instituto Veracruzano del Deporte.
UNIDAD. A la Unidad Deportiva “Leyes de Reforma”.
REGLAS. A las Reglas de Operación para el uso de la Unidad Deportiva “Leyes de
Reforma”.
USUARIO. A toda persona hombre y mujer, que haga uso de las instalaciones y
servicios que proporciona la UNIDAD, en atención a su actividad de la enseñanza,
desarrollo deportivo, cultura física y recreación organizada.
Viernes 28 de agosto de 2015
GACETA OFICIAL
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