GACETA 226 , Viernes 05 de JUNIO de 2020 EXTRAORDINARIA

Fecha de publicación05 Junio 2020
Número de Gaceta226
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Gutiérrez Zamora s/n Esq. Diego Leño, Col. Centro Tel. 22 88 17 81 54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CCI Xalapa-Enríquez, Ver., viernes 5 de junio de 2020 m. Ext. 226
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER EJECUTIVO
SUMARIO
Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DESARROLLO INDUSTRIAL PARA
EL BIENESTAR DE VERACRUZ.
folio 0531
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO I
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER EJECUTIVO
Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario
Subsecretaría de Promoción y Apoyo a la Industria
Dirección General de Parques e Infraestructura Industrial
C. ENRIQUE NACHÓN GARCÍA, Secretario de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 50 y 74 de la
Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 2, 4 y 9, fracción VI, 12
fracciones III, VI, y XIX, 23 y 24 fracciones I y XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado
de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 2, 3 de la Ley de Fomento Económico para el Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 6 y 16 fracciones I, III y XVII del Reglamento Interior de la
Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
C O N S I D E R A N D O
1. Que el Plan Veracruzano de Desarrollo 2019-2024, publicado en la Gaceta Oficial del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, Número Extraordinario 224, de fecha 5 de junio de 2019 (PVD),
es un instrumento público rector de planeación, que tiene dentro de sus objetivos principales
“Definir los Programas y Políticas Públicas Estatales dirigidos a la mejora del crecimiento
económico sostenible e inclusivo a través de la innovación, el emprendimiento, la participación de
la sociedad en su conjunto y de las administraciones estatal y municipal, garantizando la
transparencia de las Finanzas Públicas”, el cual, se encuentra alineado al proyecto de la Cuarta
Transformación de la Vida Pública de la Nación.
2. Que a fin de dar cumplimiento a dicho objetivo, el Gobierno del Estado tiene como estrategia la
promoción de inversiones nacionales e internacionales que originen desarrollo en territorio
veracruzano, propicien el desarrollo sostenible, generen empleos formales e impulsen al sector
microempresario y emprendedor mediante la gestión de recursos públicos y privados, todo ello con
perspectiva de género que reduzca la brecha de desigualdad.
3. Que de conformidad a lo establecido en los artículos 2 y 9 fracción VI de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la Secretaría de Desarrollo
Económico y Portuario, es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del
Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, responsable de coordinar la política de
desarrollo industrial, comercial y portuario de la entidad, así como de vigilar la aplicación y
observancia de las disposiciones legales en esta materia.
4. Que la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario, tiene como finalidad el fomento del
crecimiento económico y la industrialización en la entidad veracruzana, priorizando la innovación,
el emprendimiento y la transferencia de conocimientos entre la sociedad, la iniciativa privada, el
sector educativo y las administraciones públicas.
5. Que es prioridad para el Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Desarrollo Económico
y Portuario, implementar las acciones necesarias que conlleven a definir los programas y políticas
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públicas estatales dirigidas al crecimiento económico sostenible e inclusivo, garantizando la
transparencia de las finanzas públicas estatales.
6. Que las acciones que se ejecuten dentro del Programa “Desarrollo Industrial para el Bienestar
de Veracruz”, impactarán en la evaluación del programa presupuestario “Desarrollo del Sector
Industrial de Veracruz”, el cual tiene como finalidad contribuir al crecimiento del Producto Interno
Bruto Industrial Estatal mediante acciones de promoción, atracción y consolidación de inversiones,
desarrollo de áreas industriales y vinculación a cadenas productivas para el impulso del sector
industrial.
7. Que es necesario contar con un instrumento jurídico que sea rector en la implementación de los
programas que están a cargo de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, con el objetivo principal de regular que la ejecución de acciones y
aplicación de recursos públicos se realicen con transparencia, publicidad, imparcialidad y rendición
de cuentas, para atender las líneas de acción “3.1.6 Promover el desarrollo industrial y tecnológico
del estado, a partir de la infraestructura portuaria y los servicios asociados de competencia estatal”
y 3.1.7 “Vincular a los ayuntamientos con los sectores social y privado para el establecimiento de
nuevas industrias, la ejecución de proyectos productivos y el desarrollo portuario”, contenidos en el
Plan Veracruzano de Desarrollo 2019-2024.
8. Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2020,
el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2
(COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria.
9. Que el 30 de marzo de 2020, se publicó en el referido órgano de difusión oficial, el Acuerdo por
el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de
enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), el cual establece que la Secretaría de
Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia
sanitaria, con una vigencia al 30 de abril de 2020.
10. Que, derivado de lo anterior, resulta necesario que la SEDECOP lleve a cabo acciones
concretas para atender las recomendaciones emitidas por la Secretaría de Salud.
Con base en las consideraciones expuestas y fundadas, a través del presente tengo a bien
expedir las siguientes:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO INDUSTRIAL
PARA EL BIENESTAR DE VERACRUZ
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
I. OBJETIVO GENERAL.
Contribuir al crecimiento del Producto Interno Bruto industrial estatal mediante acciones de
promoción, atracción, y consolidación de inversiones, desarrollo de áreas industriales y vinculación
a cadenas productivas para el impulso del sector secundario.
II. GLOSARIO DE TÉRMINOS.
Para efectos de interpretación de los términos que se mencionan en las presentes Reglas de
Operación, se entenderá por:
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