Gaceta 076 de 2016-02-23 - Extraordinaria

GACETA OFICIAL
SUMARIO
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO
ELVIRA VALENTINA ARTEAGA VEGA
DIRECTOR DE LA GACETA OFICIAL
ENRIQUE ALEJANDRO GALINDO MARTÌNEZ
Calle Morelos No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCIII Xalapa-Enríquez, Ver., martes 23 de febrero de 2016 Núm. Ext. 076
GOBIERNO DEL ESTADO
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SECRETARÍA DE M EDIO AMBIENTE
CONSULTA CIUDADANA PARA LA PROPUESTA DEL ESTABLECIMIENTO
DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA, EN LA CATEGORÍA DE CORRE-
DOR BIOLÓGICO MULTIFUNCIONAL DENOMINADA ARCHIPIELAGO
DE LAGUNAS INTERDUNARIAS DE LA ZONA CONURBADA DE LOS
MUNICIPIOS DE VERACRUZ Y LA A NTIGUA, VER.
folio 350
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
Mtro. en Ing. Víctor Joaquín Alvarado Martínez, Secretario de Medio Ambiente del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en lo dispuesto por los
fracciones X y XVI de la Constitución Política del Estado de Veracruz; 9 fracción VIII
Bis, 28 Bis y 28 Ter fracciones I, II, III y IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado; 7 fracciones V y XV, 15 fracciones I, III, V, IX, 44, 45, 46 fracción IX, 58 de la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 45, 46 y 47 del
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en
Materia de Áreas Naturales Protegidas; 1, 2 fracción IV, 4 fracción I incisos A y B, 5
fracción I, 6 apartado A, fracciones I, II, VI, 12 fracciones I, II, III,IV, V, IX, X, XII, XV y
XVII, 61, 62, 63 fracciones I, II, III, IV, V, IX, X y XI, 64, fracción I, 65, 66, 83 fracción I,
84, 85, 86 y 89 de la Ley Estatal de Protección Ambiental; 1, 12, 13 fracciones XIX,
XXX, XXXI y XXXIII, 18 fracciones I, II, XXI, XXII, XXIV y XXVI del Reglamento Interior
de la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz:
N O T I FI C A
A los ciudadanos veracruzanos y las organizaciones de la sociedad civil legalmente
constituidas en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a las instituciones
académicas y de investigación, a las autoridades competentes de los tres niveles de
gobierno, a los grupos de organizaciones empresariales, a los propietarios o
poseedores, o titulares de otros derechos sobre tierras, de predios ubicados dentro de
las coordenadas señaladas en el presente documento, ubicadas en los municipios de
Veracruz y La Antigua del Estado del Veracruz y a la sociedad en general, a participar
en la:
Consulta ciudadana para la propuesta del establecimiento del Área Natural
Protegida, en la categoría de “Corredor Biológico Multifuncional” denominada
“Archipiélago de Lagunas Interdunarias de la zona conurbada de los municipios
Veracruz y La Antigua”, Veracruz.
A N T EC E D E N TE S
Para efectos de respaldar técnica, académica y socialmente esta propuesta de decreto,
la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz, tiene a su
resguardo a través de la Dirección General de Gestión Ambiental y Recursos Naturales
los antecedentes que a continuación se expresan:
PRIMERO. Oficio número P.M./201/2015 de fecha 17 de junio del 2015, enviado por el
H. Ayuntamiento de Veracruz en donde se proclama a favor de decretar como Área
Natural Protegida en la categoría de Corredor Biológico Multifuncional, incluyendo a las
siguientes lagunas Interdunarias: Laguna ”D”, Laguna “C” Casa Díaz, Caballeriza,
Campanario, Caracol, El Coyol, Lagartos, del Carmen, Dos Caminos, El Encanto, El
Encierro, El Ensueño, El Olvido, Geo Pinos, Goleta Iguala, La Colorada, La Ilusión, Las
Conchas 2, Las Conchas, Las Tortugas, Los Almendros, Los Laureles, Los Patitos,
GOBIERNO DEL ESTADO
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SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE
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GACETA OFICIAL
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Malibrán, Paso del Pis, Renacimiento, San Julián, Tarimoya, Viveros y Sistema Lagunar
El Basurero.
SEGUNDO. La petición por parte del H. Ayuntamiento de La Antigua mediante oficio
número MLA/DS/2015-09-24/070 de fecha 30 de septiembre de 2015, a fin de dar
certeza jurídica y protección legal a las lagunas denominadas “Laguna Cabana”,
“Laguna El Salado, “Laguna San Julián”, “Laguna La Victoria” y “Laguna La Catalana”,
como Área Natural Protegida de competencia estatal, dando un total de 33 lagunas.
TERCERO. El documento emitido con fecha veinticinco de noviembre de 2014 por la
Dra. Clorinda Sarabia Bueno, investigadora de la Universidad Veracruzana e impulsora
del reconocimiento como Sitio Ramsar de 18 Lagunas ubicadas en Veracruz en el mes
de febrero del año 2005, las cuales conforman el Sitio Ramsar 1450 denominado
Sistema de Lagunas Interdunarias de Veracruz; mediante el cual expresa su interés por
la protección de estas Lagunas a través de una declaratoria como Área Natural
Protegida, mismas que abarcan una superficie de 141 ha quedando bajo la
responsabilidad de la Universidad Veracruzana.
CUARTO. La minuta de la reunión realizada en el municipio de La Antigua, Ver., el día
3 de septiembre de 2015, donde el Presidente municipal de la Antigua, propone a la
SEDEMA, Decretar como Área Natural Protegida, La Laguna Cabana y su entorno, Las
Lagunas de San Julián, El salado, la Catalana, así como Las Dunas de Playa Miranda
localizadas en el municipio de La Antigua.
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO. Que la misión fundamental de esta Secretaría es diseñar, promover y
ejecutar políticas públicas para la preservación y restauración del equilibrio ecológico,
así como la mitigación y adaptación al cambio climático, en todos los sectores de la
sociedad para conducir a Veracruz hacia un desarrollo sustentable.
SEGUNDO. Para efectos de la presente se entiende por Área Natural Protegida: zonas
del territorio estatal y aquellas sobre las que el Estado ejerce su soberanía y jurisdicción
en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la
actividad del ser humano o que requieren ser preservadas o restauradas y están
sujetas al régimen previsto en la misma Ley y los demás ordenamientos aplicables con
el fin de preservar e interconectar ambientes naturales; salvaguardar la diversidad
genética de las especies silvestres; lograr el aprovechamiento sustentable de los
recursos naturales y mejorar la calidad del ambiente en los centros de población y sus
alrededores.
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