Oficio mediante el cual se autoriza la fusión de Aba Factor, S.A. de C.V., como empresa fusionada con Confía, S.A., como fusionante

Fecha de disposición18 Junio 1999
Fecha de publicación18 Junio 1999
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

OFICIO mediante el cual se autoriza la fusión de Aba Factor, S.A. de C.V., como empresa fusionada con Confía, S.A., como fusionante.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-C-534.- 712.1/311334.

Asunto: Se autoriza la fusión de Aba Factor, S.A. de C.V., como empresa fusionada con Confía, S.A., como fusionante, condicionada a lo que se indica.

  1. José Roble Flores Fernández Representante de Aba Factor, S.A. de C.V. Montes Rocallosos 505 Sur Col. Resid. San Agustín San Pedro Garza García, N.L.

Hacemos referencia a sus diversos escritos, mediante los cuales solicita a esta Dependencia autorización para llevar a cabo la fusión de Aba Factor, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Abaco Grupo Financiero (Aba Factor, S.A. de C.V.) como fusionada, con Confía, S.A., Institución de Banca Múltiple, Abaco Grupo Financiero (Confía, S.A.) como fusionante; al efecto, señala que el propósito de la fusión es aprovechar la sinergia entre las instituciones en comento, haciendo más eficiente la operación a nivel del grupo financiero, logrando con ello un mejor nivel de capitalización en Confía, S.A.

Sobre el particular, esta Secretaría, con base en lo dispuesto por el artículo 6o. fracción XXIV de su Reglamento Interior y con fundamento en los artículos 1o., 51-A y 67 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en relación con el 10 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, después de haber escuchado la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México, tiene a bien otorgar autorización para que realicen la fusión de que se trata, condicionada a lo siguiente:

  1. - Deberán ajustar la base tercera del convenio de fusión a lo señalado en la fracción IV del artículo 10 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, respecto al tiempo en que surte efectos la fusión.

  2. - Deberán acreditar ante esta Dependencia que cuentan con la aprobación de la asamblea de obligacionistas de la empresa de factoraje financiero para llevar a cabo la referida fusión, conforme lo establece el artículo 212 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

  3. - Abaco Grupo Financiero, S.A. de C.V., Confía, S.A. y Aba Factor, S.A. de C.V., deberán proveer en todo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR