Convocatoria dirigida a las administradoras de fondos para el retiro interesadas en fungir como prestadoras de servicio para llevar el registro y control de los recursos de cuentas individuales pendientes de ser asignadas y cuentas individuales inactivas de conformidad con lo dispuesto por el Título Cuarto de las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, publicadas el 30 de julio de 2010

Fecha de disposición30 Julio 2010
Fecha de publicación16 Marzo 2011
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO INTERESADAS EN FUNGIR COMO PRESTADORAS DE SERVICIO PARA LLEVAR EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS RECURSOS DE CUENTAS INDIVIDUALES PENDIENTES DE SER ASIGNADAS Y CUENTAS INDIVIDUALES INACTIVAS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL TITULO CUARTO DE LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE OPERACIONES DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE JULIO DE 2010.

El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 5o. fracciones I y II, 12 fracciones I, VIII y XVI y 76 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y los artículos 54, 55 y Quinto Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, artículos 147, 148, 149, 150, 151 y 152 del Título Cuarto de las Disposiciones de Carácter General en Materia de Operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 76 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, el registro y control de los recursos de las cuentas individuales pendientes de ser asignadas y de las cuentas individuales inactivas lo deberán llevar las Administradoras que funjan como Prestadoras de Servicio que la Comisión designe mediante procesos de licitación;

Que conforme a lo dispuesto en el Capítulo II del Título Cuarto de las Disposiciones de Carácter General en Materia de Operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para la prestación de los servicios de registro y control de recursos de cuentas individuales, la Comisión debe publicar en el Diario Oficial de la Federación la convocatoria en la cual se contendrán las bases y requisitos que deberán cumplir las Administradoras de Fondos para el Retiro que se encuentren interesadas en prestar el servicio, ha tenido a bien expedir la siguiente:

CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO INTERESADAS EN FUNGIR COMO PRESTADORAS DE SERVICIO PARA LLEVAR EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS RECURSOS DE CUENTAS INDIVIDUALES PENDIENTES DE SER ASIGNADAS Y CUENTAS INDIVIDUALES INACTIVAS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL TITULO CUARTO DE LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE OPERACIONES DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE JULIO DE 2010.

LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

CONVOCA

A las Administradoras de Fondos para el Retiro interesadas en fungir como Prestadoras de Servicio a efecto prestar los servicios que establece el artículo 148 del Título Cuarto de las Disposiciones de Carácter General en Materia de Operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Julio de 2010, en lo sucesivo Disposiciones en Materia de Operaciones.

BASES

  1. Objeto

    1.1 Seleccionar a la(s) Prestadora(s) de Servicio de conformidad con lo dispuesto por el Título Cuarto de las Disposiciones en Materia de Operaciones, que ofrezca la propuesta con las mejores condiciones, calidad, niveles de servicios ofrecidos y precio para llevar el registro y control de los recursos de Cuentas Individuales pendientes de ser asignadas y Cuentas Individuales inactivas, así como prestar los servicios a que se refiere el artículo 148 de las Disposiciones en Materia de Operaciones.

    Las Cuentas Individuales pendientes de ser asignadas y Cuentas Individuales inactivas que serán objeto

    de la presente Convocatoria serán:

    1. Las Cuentas Individuales pendientes de ser asignadas y las Cuentas Individuales inactivas que a la fecha de adjudicación del servicio no se encuentren en una Prestadora de Servicio, y

    2. Las Cuentas Individuales de las Administradoras que al 31 de diciembre de 2010 se encuentren inactivas y que les hubieren sido asignadas con anterioridad al 24 de agosto de 2009; y respecto de las cuales renuncien a fungir como Prestadoras de Servicio de acuerdo con los artículos 76 cuarto párrafo de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y quinto transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

    El flujo bimestral aproximado de Cuentas Individuales de nuevo ingreso, es de 230,000 Cuentas Individuales, que representan un monto total de 108 millones de pesos.

    Asimismo, al mes de septiembre de 2010 existen 8 millones de Cuentas Individuales inactivas asignadas a las Administradoras con anterioridad a 2009 y que representan un monto total de 11,600 millones de pesos. Estas Cuentas Individuales únicamente podrán ser objeto de la presente Convocatoria en términos de lo señalado en la fracción b del presente numeral.

  2. Calendario de actividades

    2.1. El calendario al que se sujetará el presente proceso de licitación para elegir a la(s) Administradoras que fungirán como Prestadora(s) de Servicio es el siguiente:

    ACTIVIDAD FECHAS
    1 Junta de Aclaraciones A los 2 días hábiles siguientes de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, a las 10:00 horas, en las instalaciones de la Comisión.
    2 Entrega y recepción de la Propuesta Técnica y Económica A los 10 días hábiles siguientes de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. De las 10:00 a 12:00 horas, en las instalaciones de la Comisión.
    3 Notificación del Fallo A los 5 días hábiles siguientes de la entrega y recepción de la Propuesta Técnica y Económica.
    4 Notificación de la adjudicación del servicio Dentro de los 4 días hábiles siguientes a la notificación del fallo.
  3. Información de los servicios que deberán ofrecer la(s) Prestadora(s) de Servicio

    3.1. La descripción completa y especificaciones técnicas de los servicios que deberán proporcionar y cumplir la(s) Administradora(s) ganadora(s) de la presente licitación para fungir como Prestadora(s) de Servicio, se encuentran establecidos en el Anexo Técnico de la presente Convocatoria, así como en lo dispuesto por el Título Cuarto de las Disposiciones en Materia de Operaciones.

  4. Junta de Aclaraciones

    4.1. La Junta de Aclaraciones tiene como finalidad que la(s) Administradora(s) Postulante(s) aclaren sus dudas sobre los requisitos y el proceso.

    4.2. La Junta de Aclaraciones se efectuará a los 2 días hábiles de la publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, a las 10:00 horas, en el Auditorio de la Comisión en el 4° piso de las instalaciones de la Comisión con domicilio en Camino a Santa Teresa No 1040, Colonia Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Delegación Tlalpan, México, D.F. La asistencia a esta reunión será optativa para las Administradoras Postulantes.

    4.3. Con el propósito de agilizar el proceso de la Junta de Aclaraciones, la(s) Administradora(s) Postulante(s) remitirán las preguntas por escrito en hoja membretada, a la Dirección General de Supervisión Operativa en el piso 3º de las instalaciones de la Comisión o vía correo electrónico a la dirección licitacion@consar.gob.mx, a más tardar 1 día hábil antes de la fecha de la Junta de Aclaraciones.

    4.4. La Comisión por sí misma o a solicitud de la(s) Administradora(s) Postulante(s), definirá sobre la conveniencia de realizar subsecuentes Juntas de Aclaraciones.

    4.5. Cualquier modificación a la Convocatoria y al Anexo Técnico derivada de la celebración de la(s) Junta(s) de Aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia Convocatoria y el Anexo Técnico.

    4.6. Se emitirá un Acta derivada de la Junta(s) de Aclaración(es) misma que se entregará a cada una de las Administradoras Postulantes al finalizar la(s) Junta(s).

  5. De la entrega y recepción de Propuesta Técnica y Económica

    5.1. La(s) Administradora(s) interesada(s) en participar en la presente Convocatoria deberán entregar la Propuesta Técnica y Económica, a los 10 días hábiles siguientes de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y deberán entregarse en un sobre cerrado y sellado. Dicho sobre deberá estar correctamente identificado con:

    5.1.1. La razón social de la Administradora Postulante.

    5.1.2. Contenido del sobre, con la leyenda "Propuesta Técnica y Económica para fungir como Prestadora de Servicio".

    5.1.3. Relación de documentos que digan contenerse en dicho sobre.

    5.2. Los documentos deben presentarse ante la Comisión en original, foliados en cada hoja, así como en un tanto contenido íntegramente en medios electrónicos, formato PDF y en un disco magnético.

    5.3. Los documentos deberán venir firmados preferentemente en todas sus hojas y necesariamente en la

    última hoja de cada uno de los documentos a entregar, por el representante o apoderado legal de la Administradora debidamente acreditado ante la Comisión, con excepción de las escrituras públicas protocolizadas ante Notario Público que presenten.

    5.4. El acto de entrega y recepción del sobre que contenga la Propuesta Técnica y Económica, se llevará a cabo en el plazo mencionado en el numeral 5.1 a las 10:00 horas, en el 4° piso de las instalaciones de la Comisión, sita en Camino a Santa Teresa No 1040, Colonia Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Delegación Tlalpan, México, D.F.

    5.5. La apertura de los sobres se hará en presencia de los correspondientes interesados.

    5.6. La Comisión no tomará en cuenta modificaciones, adiciones o alcances sustantivos a las propuestas que suplan deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.

    5.7. Una vez recibida la Propuesta Técnica y Económica en la fecha, hora y lugar establecido en la presente Convocatoria, no podrá ser retirada o dejarse sin efecto, por lo que se considerará vigente durante la totalidad de la Convocatoria hasta su conclusión.

  6. Criterios para la evaluación de la Propuesta Técnica y Económica

    6.1...

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