Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca y el Estado de Jalisco, con el objeto de establecer las bases y criterios que fundamenten y orienten la elaboración de convenios específicos para la asunción del ejercicio de las funciones de la Federación, en cuanto a la ejecución y operación de...

Fecha de disposición09 Diciembre 1999
Fecha de publicación09 Diciembre 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca y el Estado de Jalisco, con el objeto de establecer las bases y criterios que fundamenten y orienten la elaboración de convenios específicos para la asunción del ejercicio de las funciones de la Federación, en cuanto a la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos en las materias de medio ambiente, recursos naturales y pesca.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

ACUERDO DE COORDINACION QUE CON OBJETO DE ESTABLECER LAS BASES Y CRITERIOS QUE FUNDAMENTEN Y ORIENTEN LA ELABORACION DE CONVENIOS ESPECIFICOS, PARA LA ASUNCION DEL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DE LA FEDERACION, EN CUANTO A LA EJECUCION Y OPERACION DE OBRAS Y LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS EN LAS MATERIAS DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA, REPRESENTADA POR JULIA CARABIAS LILLO, Y FABIAN GONZALEZ GONZALEZ EN SU CARACTER DE TITULAR DE LA SECRETARIA Y DELEGADO FEDERAL EN “EL GOBIERNO DEL ESTADO” DE JALISCO, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO EN ESTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARA COMO “LA SEMARNAP”; Y POR LA OTRA EL EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, ACUDIENDO EN SU REPRESENTACION ALBERTO CARDENAS JIMENEZ Y RAUL OCTAVIO ESPINOZA MARTINEZ, EN EL ORDEN INDICADO EN SU CALIDAD DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL Y SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, A QUIENES EN EL PRESENTE DOCUMENTO SE LES ALUDIRA COMO “EL GOBIERNO DEL ESTADO”; SUJETANDOLO AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 116 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estipula que la Federación y los Estados, en los términos de ley, pueden convenir la asunción por parte de estos últimos del ejercicio de las funciones de la Federación, así como la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos, cuando el desarrollo económico y social lo haga necesario.

  2. El Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 dispone que “el Gobierno Federal promoverá una descentralización administrativa profunda para fortalecer el federalismo. En este sentido, será necesario evaluar las funciones que actualmente realiza la Federación y determinar cuáles podrían desempeñarse de manera más eficiente, menos costosa y con mayor pertinencia por los gobiernos estatales y municipales o con su participación”.

    En el rubro de Política Ambiental para un Crecimiento Sustentable establece que la estrategia nacional de desarrollo buscará un equilibrio -global y regional- entre los objetivos económicos, sociales y ambientales, de forma tal que se logren contener los procesos de deterioro ambiental e introducir un ordenamiento ambiental del territorio nacional, tomando en cuenta que el desarrollo sea compatible con las aptitudes y capacidades ambientales de cada región.

    En este marco se entiende que la descentralización no constituye un fin en sí misma sino un medio para alcanzar de manera más eficaz y equitativa el desarrollo sustentable.

  3. Los Programas Nacional de Medio Ambiente 1995-2000; Hidráulico 1995-2000; de Pesca y Acuacultura 1995-2000; y Forestal y de Suelo 1995-2000, detallan en sus respectivas áreas, los objetivos, prioridades y políticas a seguir en materia de descentralización de funciones a las entidades federativas, cuyos programas y subprogramas específicos se deben llevar a cabo por “LA SEMARNAP” o se deben convenir con las entidades federativas para que asuman las funciones respectivas y se coordinen las acciones necesarias para la descentralización.

  4. El Convenio de Desarrollo Social que suscriben anualmente el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco tiene como objeto la ejecución de acciones, así como la aplicación de recursos para la realización de obras y proyectos, a fin de impulsar el desarrollo de la Entidad y de sus Municipios; así como la vinculación de los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales, que lleven a cabo las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con la planeación territorial de desarrollo, a fin de que las acciones que se realicen sean congruentes y permitan la equidad y permanencia en el desarrollo nacional.

  5. El convenio referido en el punto inmediato anterior, se constituye como la vía de coordinación de acciones entre ambos órdenes de gobierno, estableciendo que todas aquellas acciones que tengan como propósito realizarse de manera conjunta, con...

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