Frena Corte prisión para delitos fiscales

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló ayer la reforma de 2019 que impuso prisión preventiva forzosa para personas acusadas de ciertos delitos fiscales, impulsada por el actual Gobierno.

Los delitos son la emisión de comprobantes fiscales por actividades inexistentes, conocida como factureo, así como el contrabando y el fraude fiscal por montos superiores a 8.7 millones de pesos.

Tras el fallo, que tuvo mayoría de ocho y nueve votos en diversos apartados, la Fiscalía General de la República tendrá que justificar ante el juez la necesidad de mantener en prisión a los acusados por estos cargos mientras son sentenciados, sin importar el monto.

En la reforma -por medio de leyes secundarias y producto de una iniciativa de Morena- se usaron dos estrategias para forzar la prisión preventiva oficiosa: calificar los delitos fiscales como una "amenaza a la seguridad nacional" e incluirlos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (LFDO).

Pero la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) -cuando todavía era encabezada por Luis Raúl González Pérez-, y diputados de Oposición alegaron ante la Corte que es falso que los delitos fiscales sean una amenaza a la seguridad nacional, y los Ministros estuvieron de acuerdo.

"El constituyente de manera deliberada no incluyó los delitos fiscales a pesar de la gravedad que en ciertas condiciones pudieran tener. No fue un descuido, hubo debate sobre si podían considerase en el Artículo 19 y no pasó. Que por la vía de legislación secundaria se haga una clasificación de seguridad nacional y automáticamente proceda la prisión preventiva, para mí si es un fraude a la Constitución", dijo el Ministro Javier Laynez.

Alberto Pérez Dayan refirió que evadir el pago de impuestos, si bien es una falta seria que debe ser penalizada, no implica poner en riesgo la estabilidad, integridad o soberanía de la Nación.

Sobre la inclusión en la LFDO, el Ministro Luis María Aguilar recordó que, en los 25 años desde que se expidió esta norma, el Congreso le ha ido agregando conductas, que a su vez también implican prisión preventiva oficiosa.

Los Ministros destacaron que el régimen de combate a la delincuencia organizada es excepcionalmente riguroso, tiene reglas especiales y sólo debe aplicarse para las conductas más graves y violentas que impactan directamente en...

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