Acuerdo que autoriza el Programa de Ocupación Urbana para el fraccionamiento denominado “Panorama”, ubicado en el municipio de Corregidora, Qro.

Pág. 8696 PERIÓDICO OFICIAL 14 de agosto de 2009
GOBIERNO MUNICIPAL
EL SUSCRITO CIUDADANO LIC. FRANCISCO TREJO MANZANARES, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO., EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS
ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 75
FRACCIONES V Y VI DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO.,
HAGO CONSTAR Y
C E R T I F I C O
QUE EN SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 16 (DIECISEIS) DE JULIO DE 2009 (DOS MIL
NUEVE), EL H. AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO., APROBÓ EL ACUERDO QUE AUTORIZA EL
PROGRAMA DE OCUPACIÓN URBANA PARA EL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “PANORAMA”,
UBICADO EN ESTE MUNICIPIO DE CORREGIDORA, QRO., MISMO QUE SE TRANSCRIBE
TEXTUALMENTE A CONTINUACIÓN:
H. AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO.:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 1º, 13, 14 FRACCIONES II Y III, 16 FRACCIONES I, XII, XIII Y XIX, 17, 82, 83, 109, 111, 112,
113, 114, 119, 137, 138, 139, 143, 147, 154 FRACCIÓN III, 155 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO
DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN II INCISOS D) Y F), 38 FRACCIÓN VIII, 121 Y 122 DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 4, 55 FRACCIONES XXV Y XXVI Y 68 FRACCIÓN VII DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO., CORRESPONDE AL
AYUNTAMIENTO RESOLVER EL ACUERDO QUE AUTORIZA EL PROGRAMA DE OCUPACIÓN URBANA
PARA EL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “PANORAMA”, UBICADO EN ESTE MUNICIPIO DE
CORREGIDORA, QRO., Y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 fracción V de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; y 30 fracción II de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, los Municipios, en los términos de las Leyes
Federales y Estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y
planes de desarrollo urbano municipal; autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito
de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; así como otorgar licencias y permisos para
construcciones.
2. Que de conformidad con lo dispuesto, por el Artículo 17 fracción II del Código Urbano para el Estado de
Querétaro, los Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus
jurisdicciones territoriales de acuerdo a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal,
declaratorias de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en
el Registro Público de la Propiedad que corresponda, así como otras Leyes o Reglamentos aplicables.
3. Que mediante escrito de fecha 27 de enero de 2009, signado por la Lic. María del Consuelo Cancino
Mondragón, Presidenta de la Asociación de Colonos “Panorama de Villa Corregidora”, A. C., solicita a la
Secretaría del Ayuntamiento someter a la aprobación del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., la
autorización del Programa de Ocupación Urbana del Fraccionamiento denominado “Panorama”,
ubicado en este Municipio de Corregidora, Qro.
4. Que mediante Escritura Pública No. 28,247, de fecha 12 de abril de 1984, pasada ante la fe del Lic.
Alejandro Esquivel Rodríguez, Titular de la Notaría Pública No. 8, de este Partido Judicial, se hizo
contar la constitución de la Asociación de Colonos “Panorama de Villa Corregidora”, A. C.

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