Acuerdo mediante el cual se autoriza la Licencia para ejecución de obras de urbanización del fraccionamiento denominado “Bosques de Banthí III”, San Juan del Río, Qro.

30 de enero de 2004 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 203
1ª Etapa.- $ 3,584.91 (TRES MIL QUINIEN-
TOS OCHENTA Y CUATRO PESOS 91/100 M.N.).
2ª Etapa.- $ 16,882.33 (DIECISEIS MIL
OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 33/100
M.N.).
3ª Etapa.- $ 61,289.96 (SESENTA Y UN MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS
96/100).
Una vez hechos los pagos, el Promotor debe
presentar copia de cada uno de los recibos ante la
Secretaría del Ayuntamiento.
TERCERO.- El Promotor debe depositar
fianzas a favor del Municipio de Querétaro ante la
Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y
Ecología Municipal, en un plazo no mayor de 30
días contados a partir de la publicación del presente
Acuerdo, las cuales servirán para garantizar la Eje-
cución y Conclusión de las Obras de Urbanización
faltantes para cada una de las Etapas del Fraccio-
namiento “La Loma”, Delegación Dr. Félix Osores
Sotomayor, por las siguientes cantidades:
1ª Etapa $ 1,010,604.00 (UN MILLÓN DIEZ
MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS 00/100 M.N).
2ª Etapa $ 2,829,802.44 (DOS MILLONES
OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIEN-
TOS DOS PESOS 44/100 M.N.).
3ª Etapa $ 5,154,642.75 (CINCO MILLONES
CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIEN-
TOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS 75/100
M.N.).
Las fianzas sólo serán liberadas bajo autori-
zación expresa y por escrito de la Secretaría de
Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Mu-
nicipal, siendo necesario que el Promotor cubra las
primas correspondientes para mantenerlas vigentes
por el plazo mencionado.
CUARTO.- El Promotor, en los contratos de
compraventa o promesa de venta de lotes del Frac-
cionamiento, debe incluir las cláusulas restrictivas
que aseguren a los compradores, que los lotes no
se subdividirán en otros de dimensiones menores a
las autorizadas y que los mismos deben ser desti-
nados a los fines y usos para los cuales fueron
aprobados, pudiendo en cambio, fusionarse sin
cambiar el uso ni la densidad de los mismos.
QUINTO.- El Promotor será responsable de
la operación y mantenimiento de las Obras de Ur-
banización y Servicios del Fraccionamiento, hasta
en tanto se lleve a cabo la entrega del mismo al
Municipio de Querétaro, bajo pena de suspensión o
cancelación de la autorización. Así mismo, tiene la
obligación dar mantenimiento y operación a las
vialidades y áreas verdes.
SEXTO.- El Promotor deberá someter a revi-
sión y aprobación de la Secretaría de Servicios
Municipales, el proyecto de Áreas Verdes que se
señalan en las Áreas de Donación, para definir
oportunamente la infraestructura, el equipamiento y
el mobiliario urbano que será necesario para dichas
áreas y que deberá ejecutar a su costa.
SÉPTIMO.- Para la recolección de residuos
municipales que proporcionará el Promotor, éste
deberá sujetarse a los días y horarios que la Secre-
taría de Servicios Municipales establezca.
OCTAVO.- A falta de cumplimiento de cual-
quiera de los puntos anteriores, el Acuerdo quedará
sin efecto.
NOVENO.- Publíquese por una sola ocasión
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La
Sombra de Arteaga” y en la Gaceta Municipal, a
costa del Promotor.
DÉCIMO.- Cumplimentado lo anterior, el pre-
sente Acuerdo debe protocolizarse e inscribirse en
el Registro Público de la Propiedad y de Comercio,
a costa del Promotor.
DÉCIMO PRIMERO.- Comuníquese lo ante-
rior a la Secretaría de Gobierno del Estado, Secre-
taría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de
Gobierno del Estado, Dirección de Catastro, Regis-
tro Público de la Propiedad y de Comercio, Secre-
taría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Eco-
logía Municipal, Secretaría de Servicios Municipa-
les, Oficialía Mayor Municipal, Secretaría de Eco-
nomía y Finanzas y Tesorería Municipal, Delega-
ción Dr. Félix Osores Sotomayor y a la empresa
denominada “Desarrollos Residenciales Turísticos”,
S.A. de C.V., por conducto de su representante
legal. . . .”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFI-
CADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE
HAYA LUGAR, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE
OCTUBRE DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD
DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.--------------
-------------------------DOY FE--------------------------------
LICENCIADO ARTURO MOLINA ZAMORA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica

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