Acuerdo mediante el cual se autoriza la Licencia de Obras de Urbanización del Fraccionamiento “Misión de Santa Cruz”, con una superficie de 23,788.47 m2, ubicado en la calle El Laurel S/N, poblado de Santa Cruz Nieto, Municipio de San Juan del Río, Querétaro.

21 de enero de 2005 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 223
cripción en el Registro Público de la Propie-
dad y del Comercio;
2. Que de igual forma el presente cambio de
uso del suelo queda condicionado a la factibi-
lidad del servicio de agua potable por parte
de la Comisión Estatal del Agua, así como del
cumplimiento de los requerimientos que ahí
se indiquen, o en su defecto, copia del con-
trato con la empresa que suministrará el agua
potable;
3. Que deberá circular el perímetro del predio
como medida de seguridad y de protección
con malla ciclónica y alambre de púas;
4. Que además de lo anterior, queda condicio-
nado a la obtención de las autorizaciones co-
rrespondientes por parte de la Secretaría de
Energía;
5. Que deberá presentar el proyecto de incorpo-
ración a la carretera estatal 431 aprobado por
la Comisión Estatal de Caminos a entera sa-
tisfacción de este Municipio, por lo que se
deberá tomar en cuenta las características
particulares del proyecto, respecto de la cur-
va vertical, así como llevar a cabo su cons-
trucción a costa del solicitante;
6. Que deberá generar al interior de la parcela
una franja arbolada en el perímetro Nor-
Oeste, Sur-Oeste de la parcela;
7. Que en la colindancia Nor-Este (frente a la
carretera estatal 431) de la parcela deberá de
cumplir con una franja de 5.00 metros de res-
tricción la cual deberá estar libre de toda
construcción;
8. Que deberá de colocar los señalamientos
horizontales y verticales, reductores de velo-
cidad, etc. que en su momento le indique la
Comisión Estatal de Caminos;
9. Que deberá de construir un sistema de trata-
miento de aguas negras generadas por el
servicio de los sanitarios;
10. Que deberá implementar un programa para el
eficiente manejo de los residuos sólidos de
manera separada y solicitar al Municipio de
Huimilpan Querétaro su recolección para lo
que deberá de coordinarse con esta Direc-
ción de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y
Ecología y con la Oficialía Mayor Municipales
para que se lleve a cabo la recolección;
11. Que de igual forma deberá implementar un
programa para el eficiente manejo de los re-
cipientes de lubricantes y aditivos que gene-
rará la estación de carburación y depositarlos
en contenedores adecuados para su disposi-
ción;
12. Que el proyecto cumpla con la normatividad
establecida en el Código Urbano para el Es-
tado de Querétaro para este tipo de desarro-
llo;
13. Que además del cumplimiento de la normati-
vidad señalada en el punto inmediato ante-
rior, deberá de sujetarse a lo establecido en
la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente;
14. Que deberá obtener el Visto Bueno que ga-
rantice el cumplimiento de las normas de se-
guridad que establecen la Unidad Estatal y
Municipal de Protección Civil, previo a su fun-
cionamiento;
15. Que deberá de participar de manera econó-
mica para la elaboración de un Plan de Desa-
rrollo Urbano Para la Zona Norte del Munici-
pio, en un plazo que no excederá a 365 días
naturales a partir de la fecha de la Autoriza-
ción del Ayuntamiento, en el momento que lo
requiera el Municipio previa notificación; y
16. Que deberá de realizar obras de mejoramien-
to al entorno de la parcela.
TERCERO.- La condicionantes señaladas en
el punto inmediato anterior deberán estar conclui-
das previo al inicio de la operación de la industria a
entera satisfacción de las Dependencias normativas
y de este Municipio, excepto la condicionante 15 la
cual deberá ejecutarse en el momento que el Muni-
cipio lo requiera previa notificación y en un plazo
que no excederá a un año contado a al día siguien-
te de la fecha de la recepción de la presente Certifi-
cación;
CUARTO.- Que el incumplimiento de cual-
quiera de las condicionantes señaladas en el
Acuerdo Segundo del presente documento, serán
motivo de la CANCELACIÓN del presente
ACUERDO haciéndose acreedor el C. Timoteo
Juan Martínez Velázquez de las Sanciones que
establecen los artículos 497, 501 fracciones I, III,
VI, VII, VIII y XI y 503 del Código Urbano para el
Estado de Querétaro;

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