Decreto Número 310 que Reforma la Fracción XXI del Artículo 49 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz.
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
XalapaEnríquez, noviembre 10 de 2011. Oficio número 500/2011.
Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:
Que la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme el siguiente Decreto para su promulgación y publicación:
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.Poder Legislativo.Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
La Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción I, 38 y 84 de la Constitución Política local; 18 fracción I y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 75, 77 y 79 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; y previa la aprobación del pleno de esta soberanía en dos periodos de sesiones ordinarias sucesivos, así como de la mayoría de los ayuntamientos de la entidad, declara aprobado el siguiente:
DECRETO NÚMERO 310
QUE REFORMA LA FRACCIÓN XXI DEL ARTÍCULO 49 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.
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a XX. ...
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Presentar ante el Congreso del Estado, el 15 de noviembre de cada año, un informe escrito acerca del estado que guarda la administración pública. El Congreso realizará el análisis del Informe y podrá solicitar al Gobernador del Estado ampliar la información mediante preguntas por escrito, y citar a los Secretarios del Despacho o equivalentes, quienes comparecerán y rendirán informes bajo protesta de decir verdad;
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a XXIII. ...
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