Ley de Fomento y Desarrollo Pecuario del Estado de Querétaro.

TOMO CXXXVIII Santiago de Querétaro, Qro., 4 de febrero de 2005 No. 6
SUMARIO
PODER LEGISLATIVO
Ley de Fomento y Desarrollo Pecuario del Estado de Querétaro. 322
PODER EJECUTIVO
Acuerdo mediante el cual se designa Notario Adscrito de la Notaría Pública Número 7 de la Demarcación Nota-
rial de San Juan del Río al Lic. J. Jesús Reséndiz Serna.
341
Anexo No. 10 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que celebran el Gobierno
Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Querétaro.
342
Participaciones y Aportaciones Federales a los Municipios, Recursos Liberados, Periodo Fiscal 2004. 347
GOBIERNO MUNICIPAL
Acuerdo mediante el cual se ratifica el uso de suelo habitacional, para un predio propiedad del Dr. José Nereo
Pérez Velázquez, en el que se pretende construir un condominio horizontal de seis departamentos, mismo
predio cuenta con clave catastral No. 106528, ubicado en calle General Lázaro Cárdenas No. 23, Cadereyta de
Montes, Qro.
348
Presupuesto de Egresos del Municipio de Corregidora, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2005. 348
Acuerdo que autoriza la Relotificación de dos a cuatro etapas, Licencia de ejecución de obras de urbanización
en la etapa uno y la Nomenclatura del conjunto habitacional denominado “Santuarios del Cerrito”, ubicado en
camino a Las Flores sin número, Municipio de Corregidora, Querétaro.
352
Acuerdo que utoriza el cambio de uso de suelo en una superficie de 5,950.00M2 en el predio propiedad de
Milton L. Ramírez Vázquez ubicado en Ex Hda. San Francisco, Corregidora, Qro.
357
Acuerdo mediante el cual se autoriza la Licencia para ejecución de obras de urbanización y autorización provi-
sional para Venta de Lotes de la Primera, Segunda y Tercera Etapa del Fraccionamiento denominado “Liberta-
dores”, ubicado en el predio identificado como Fracción 3 del Predio Rústico denominado “El Rodeo”, pertene-
ciente al Municipio de El Marqués, Qro.
358
Acuerdo relativo al Cambio de Uso de Suelo de Preservación Ecológica a Uso de Suelo Habitacional con Den-
sidad de Población de 400 Habitantes por Hectárea para desarrollar a corto plazo las Parcelas 137 Z-1 P 1/4,
142 Z-1 P 1/4, 148 Z-1 P 1/4 y 149 Z-1 P 1/4 del Ejido Santa María Magdalena, Delegación Municipal Felipe
Carrillo Puerto.
365
Pág. 322 PERIODICO OFICIAL 4 de febrero de 2005
Acuerdo mediante el cual se autoriza la Relotificación y la renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización del Fraccionamiento "Las Águilas III", Fase 2 con una superficie de 59,802.37m2, ubicado en la
zona de Rancho de En medio, Municipio de San Juan del Río, Querétaro.
374
Acuerdo mediante el cual se autoriza la venta provisional de lotes del Fraccionamiento "Las Águilas III", Fase 2,
ubicado en la zona del Rancho de Enmedio, San Juan del Río, Querétaro.
376
Acuerdo mediante el cual se autoriza el cambio de uso de suelo para los predios ubicados en Calle Nauthá
Números 3 y 6 del Fraccionamiento Nauthá, Municipio de Tequisquiapan, Qro.
378
Acuerdo mediante el cual se autoriza la Renovación de la autorización para efectuar un fraccionamiento, reloti-
ficación de la totalidad del fraccionamiento en dos secciones y cada sección en tres etapas y ajustes de medi-
das; Licencia para ejecución de obras de urbanización de las etapas 1ª y 2ª de la primera sección y autoriza-
ción provisional para la venta de lotes de las mismas, del fraccionamiento denominado “Real del Ciervo", ubi-
cado en el Km. 31+100, Carretera Federal 120, San Juan del Río-Xilitla, perteneciente a los Municipios de
Ezequiel Montes y Tequisquiapan del Estado de Querétaro.
380
AVISOS JUDICIALES Y OFICIALES 386
INFORMES AL TELEFONO 01 (442) 238-50-00 EXTENSIONES 5677 Y 5682
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN
LOS ARTÍCULOS 40 Y 41 FRACCION II DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA, Y
CONSIDERANDO
1. Que actualmente una de las principales
responsabilidades de los legisladores es generar un
marco jurídico que garantice el bienestar de la so-
ciedad, algunas ocasiones mediante el fomento de
los sectores económicos más importantes para el
Estado como lo es el de la industria pecuaria, sec-
tor que hoy requiere de apoyo legal a través de la
expedición de ordenamientos legales sencillos y
efectivos.
2. Que la Ley Ganadera, vigente hasta la pu-
blicación de esta Ley, es un ordenamiento que data
del año de 1990, es decir, desde hace ya más de
doce años a la fecha se han generado importantes
reformas a las Leyes federales en materia pecuaria
y han cambiado de manera significativa las condi-
ciones socio- económicas de nuestro Estado, ante
lo cual, la actividad pecuaria no es ajena a esas
transformaciones; en consecuencia, la vigencia de
tal ordenamiento es meramente legal, porque en la
práctica se encuentra fuera de la realidad jurídica.
3. Que en tal virtud, la presente Ley tiene por
objeto proteger, regular y promover la actividad
pecuaria en el Estado de Querétaro, mejorando sus
condiciones de producción, industrialización y co-
mercialización, previendo también la creación de su
correspondiente Reglamento, a fin de especificar
cuestiones que por técnica jurídica no se contem-
plan en la Ley.
4. Que abordando cuestiones de orden públi-
co y de seguridad, en beneficio de los productores y
de la sociedad misma mediante la unificación de
criterios en la regulación del control de la produc-
ción, comercialización y movilización de animales,
sus productos y subproductos, productos biológi-
cos, químicos, farmacéuticos, plaguicidas o alimen-
ticios para uso en animales o consumo por estos,
en apego a lo dispuesto por la Ley Federal de Sa-
nidad Animal y demás disposiciones aplicables.
5. Que dicha Ley se estructura mediante
Títulos con el siguiente contenido:
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
1. Se instituyen las características esenciales
de la Ley, su objeto, sujetos y las actividades que
regula, entre las cuales destacan el control y erradi-
cación de las enfermedades de los animales, a fin
de elevar el estatus zoosanitario en el Estado; así
como el control de la producción, comercialización y
movilización de animales, productos y subproduc-

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