El foco tradicional ya quedó prohibido

MEXICO, D.F., enero 19 (EL UNIVERSAL).- Desde el 1 de enero de 2015, y como resultado de la aplicación de la tercera etapa de la NOM-028-ENER- 2010, emitida por la Secretaría de Energía (Sener), a través de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee), en México ya no se venden lámparas incandescentes de 40 watts (W) o más, que prácticamente dominaron el mercado de iluminación doméstica desde principios del siglo pasado.

La Conuee estima que la aplicación de esta NOM representará una reducción anual del consumo de energía eléctrica, cercana a los mil millones de kilowatts hora, lo que significará un ahorro de mil millones de pesos a los hogares y cerca de 2 mil millones de pesos en subsidios, además de reducir la emisión de gases de efecto invernadero en 500 mil toneladas de dióxido de carbono equivalentes al año.

La NOM-028-ENER- 2010, Eficiencia Energética de Lámparas de Uso General, en vigor desde el 7 de febrero de 2011, establece los límites mínimos de eficacia y los métodos de prueba para verificarlos de lámparas o focos destinados a la iluminación en los sectores residencial, comercial, servicios, industrial y alumbrado público.

El cumplimiento de la norma se dio de manera gradual en tres etapas: la primera eliminó del mercado las lámparas incandescentes convencionales de 100W y mayores, desde el 31 de diciembre de 2011; la segunda limitó...

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