Personas fisicas como integrantes de personas morales del regimen simplificado

AutorAntonio Luna Guerra
Páginas29-72
CASOS PRACTICOS DE IETU E ISR 29
CAPITULO II
PERSONAS FISICAS
COMO INTEGRANTES DE
PERSONAS MORALES
DEL REGIMEN SIMPLIFICADO
1. QUIENES PODRAN TRIBUTAR EN EL REGIMEN SIMPLIFI-
CADO
Podrán tributar en este régimen solamente las personas morales
que realicen las siguientes actividades:
Agricultura.
Ganadería.
Silvicultura.
Pesca.
Autotransporte.
Empresas integradoras.
Sin embargo, sus integrantes podrán ser personas físicas o mo-
rales que tengan dicho fin.
EDICIONES FISCALES ISEF 30
2. COMO DETERMINAN SU IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Ingresos acumulables
Menos:
Deducciones autorizadas
Menos:
PTU pagada en el ejercicio
Menos:
40 salarios mínimos generales del área geográfica
(sólo agricultura, ganadería, silvicultura y pesca)
Utilidad fiscal
Menos:
Pérdidas fiscales
Utilidad gravable
Impuesto tarifa del artículo 177 LISR
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DEL EJERCICIO
Menos:
Pagos provisionales
IMPUESTO SOBRE LA RENTA A CARGO O A FAVOR
TARIFA DEL ARTICULO 177 LISR
Límite
inferior
Límite
superior
Cuota
fija
Por ciento
para aplicarse
sobre el exce-
dente del límite
inferior
$$$%
0.01 5,952.84 0.00 0.0192
5,952.85 50,524.92 114.24 0.0640
50,524.93 88,793.04 2,966.76 0.1088
88,793.05 103,218.00 7,130.88 0.1600
103,218.01 123,580.20 9,438.60 0.1792
123,580.21 249,243.48 13,087.44 0.2136
249,243.49 392,841.96 39,929.04 0.2352
392,841.97 En adelante 73,703.40 0.3000
CASOS PRACTICOS DE IETU E ISR 31
EJEMPLO
Utilidad gravable $ 135,000.00
Menos:
L.I. 123,580.21
Excedente $ 11,419.79
Por:
% exc. s/L.I. 21.36%
Impuesto marginal $ 2,439.27
Más:
Cuota fija 13,087.44
ISR DEL EJERCICIO $ 15,526.71
Si el ISR anual es igual a: $ 15,526.71
Si los pagos provisionales son: 15,526.71
EL ISR A PAGAR EN LA DECLARACION
ANUAL SERA: $ 0.00
Además, tenemos derecho a los acreditamientos que nos esta-
blece el artículo 81 de la LISR, los cuales son:
I. 30.00% de reducción del impuesto por los ingresos provenien-
tes de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
Nota. Para el ejercicio 2001, los contribuyentes que aplicaban la
reducción del ISR al 50% no podían disminuir el subsidio con base
en el artículo 143 de la LISR vigente hasta ese año. Para el 2002,
2003 y 2004 la reducción seguía siendo al 50%, pero se podía apli-
car además del subsidio; para 2005 la reducción fué del 46.67%,
para el 2006 de 44.83%. Para 2007 y 2008 del 32.14%. Para el 2011
es del 30%.
3. INGRESOS ACUMULABLES (ARTICULOS 120 Y 121 LISR)
I. Ingresos propios de la actividad.
II. Las condonaciones, quitas o remisiones de deudas relaciona-
das con la actividad empresarial.
III. La enajenación de cuentas y documentos por cobrar y títulos
de crédito.
IV. Cantidades recuperadas por seguros.
V. Las cantidades recibidas para efectuar gastos por cuenta de
terceros.
VI. La explotación de una patente aduanal.

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