Informe del resultado de la fiscalización superior de la Cuenta Pública del Instituto de la Vivienda del Estado de Querétaro (IVEQRO), correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2007.

Pág. 7504 PERIÓDICO OFICIAL 5 de noviembre de 2008
Los ingresos del periodo comprendido del 1ro. de enero al 30 de junio de 2007, ascendieron a la cantidad de
$15’749,784.21 (Quince millones setecientos cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y cuatro pesos 21/100 m. n.), los
cuales se detallan a continuación:
b.1) Ministraciones Estatales $15’660,228.00 99.43%
b.2) Intereses Ganados 40,645.66 0.26%
b.3) Otros Ingresos 48,910.55 0.31%
Al cierre del 1er. semestre de 2007, sus ingresos acumulados por la cantidad de $15’749,784.21 (Quince millones
setecientos cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y cuatro pesos 21/100 m. n.), representan el 43.21% de lo estimado
en su Presupuesto de Ingresos autorizado para el ejercicio de 2007, que asciende a $36’445,920.37 (Treinta y seis millones
cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos veinte pesos 37/100 m. n.).
c) Egresos.
Los egresos del periodo comprendido del 1ro. de enero al 30 de junio de 2007, ascendieron a la cantidad de
$16’851,634.47 (Dieciséis millones ochocientos cincuenta y un mil seiscientos treinta y cuatro pesos 47/100 m.n.), que se
desglosan a continuación:
c.1) Servicios Personales $9’884,906.63 58.65%
c.2) Servicios Generales 1’553,410.31 9.22%
c.3) Materiales y Suministros 418,765.80 2.49%
c.4) Maquinaria, Mobiliario y Equipo 55,066.82 0.33%
c.5) Asignaciones Globales y Suplementarias 4’939,484.91 29.31%
d) Avance del Ejercicio Presupuestal.
El ejercicio del gasto al cierre del periodo revisado ascendió a $16’851,634.47 (Dieciséis millones ochocientos cincuenta y
un mil seiscientos treinta y cuatro pesos 47/100 m.n.), que representa el 46.24% del total del Presupuesto de Egresos
autorizado para el ejercicio de 2007.
Dentro del semestre que nos ocupa la Entidad fiscalizada realizó ampliaciones presupuestales por $89,556.21 (Ochenta y
nueve mil quinientos cincuenta y seis pesos 21/100 m. n.) y transferencias presupuestales por $451,205.70 (Cuatrocientos
cincuenta y un mil doscientos cinco pesos 70/100 m. n.), las cuales fueron autorizadas por el Consejo General.
e) Estado de Origen y Aplicación de Recursos.
Del análisis efectuado al Estado de Origen y Aplicación de Recursos, se constató que los orígenes de recursos ascendieron
a la cantidad de $17’770,645.39 (Diecisiete millones setecientos setenta mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 39/100
m.n.), mientras que sus aplicaciones importaron la cantidad de $17’209,430.15 (Diecisiete millones doscientos nueve mil
cuatrocientos treinta pesos 15/100 m.n.), arrojando un saldo en efectivo disponible de $561,215.24 (Quinientos sesenta y un
mil doscientos quince pesos 24/100 m.n.), que corresponde a los saldos de efectivo en bancos que aparece en su Balance
General.
f) Resultados de Ejercicios Anteriores.
Del análisis a las cuentas de Resultado de Ejercicios Anteriores, se observó que la Entidad fiscalizada no realizó
movimientos a la cuenta de Resultado de Ejercicios Anteriores.
IV. Metodología de la Revisión de la Cuenta Pública.
La naturaleza de la fiscalización se apegó a lo que estipula la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y a las normas de
auditoria y procedimientos aplicables al sector gubernamental, las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada
de tal manera que permita obtener elementos de juicio razonables de que la Cuenta Pública presentada, no contiene errores
importantes, que está preparada de acuerdo a los principios de contabilidad aplicables al sector gubernamental, que se
cumplieron con los objetivos y metas de los programas, que las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos
se ajustan a los conceptos y partidas específicas y que se cumplieron las disposiciones legales aplicables a la entidad.
Lo cual se llevó a cabo de acuerdo a las circunstancias, pruebas y procedimientos de auditoria necesarios para alcanzar los
objetivos previstos.
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Para llevar a cabo la fiscalización de referencia, la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, elaboró una planeación y
programa para la revisión que se desarrolló bajo un calendario de trabajo.
Los estados informativos que conforman las cifras presentadas en la Cuenta Pública de la Entidad fiscalizada son
responsabilidad de la administración de la misma y se indican a continuación:
a) El Balance General;
b) El Estado de Resultados;
c) El Estado de Origen y Aplicación de Recursos;
d) El Estado de Rectificaciones a Resultados de Ejercicios Anteriores, en su caso;
e) El Avance del Ejercicio Presupuestal; y
f) El Reporte de la Situación que Guarda la Deuda Pública, en su caso.
Por lo que la opinión contenida en el presente informe, se emite conforme a bases razonables que la sustentan
debidamente.
V. Comentarios, recomendaciones y observaciones de los resultados derivados de la fiscalización de la cuenta
pública de la Entidad fiscalizada.
Como resultado del proceso de fiscalización superior de la cuenta pública, y con fundamento en los artículos 24 fracción XI,
40 fracciones III, y V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Querétaro, se determinaron las siguientes
recomendaciones y observaciones.
a) Observaciones
1.- Incumplimiento por parte del Director General, Coordinador Administrativo del Instituto Electoral de Querétaro y/o quien
resulte responsable de la función o facultad que se señala, a lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la
Federación; 101 fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; 9, 71, 95 y 96 fracción III de la Ley para el Manejo de los
Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 114 y 117 fracción IV del Reglamento Interior del Instituto Electoral de
Querétaro; Lineamiento 2 bancos, sección control, de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Gasto del Instituto
Electoral de Querétaro y 40 fracciones I, II y XXVI de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
Querétaro, en virtud de que la Entidad fiscalizada en el periodo comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2007,
presentó comprobantes sin requisitos fiscales por las prerrogativas entregadas a los partidos políticos registrados
ante el Instituto Electoral de Querétaro, por un total de $4´939,484.91 (cuatro millones novecientos treinta y nueve
mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos 91/100 m.n.).
2.- Incumplimiento por parte del Director General, Coordinador Administrativo del Instituto Electoral de Querétaro y/o quien
resulte responsable de la función o facultad que se señala, a lo dispuesto en los artículos 14 del Decreto de Presupuesto de
Egresos del Estado de Querétaro para el Ejercicio Fiscal 2007; segundo de la Ley de Ingresos del Estado de Querétaro para
el Ejercicio Fiscal 2007; 5, 7, 9, 79, 95, 96 fracción III y 97 fracción V de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del
Estado de Querétaro; 114 y 117 fracción II del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro y 40 fracciones I, II y
XXVI de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, en virtud de que la Entidad
fiscalizada, reflejó un presupuesto inicial en su Estado del Ejercicio Presupuestal al 30 de junio de 2007, superior en
$1’457,197.16 (Un millón cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento noventa y siete pesos 16/100 m.n.) al autorizado
por la Legislatura del Estado para el Ejercicio de 2007 mediante el Decreto de Presupuesto de Egresos y la Ley de
Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2007.
3.- Incumplimiento por parte del Director General del Instituto Electoral de Querétaro, a lo dispuesto en los artículos 79
Fracción I de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, 33 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y
Contratación de Servicios del Estado de Querétaro, y 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de haber constituido documento diverso a las garantías que
deben de presentar los Contratos, esto respecto de la Garantía de cumplimiento de Contrato de Arrendamiento de
fecha 28 de marzo de 2007, por la cantidad de $62,100.00 (Sesenta y dos mil cien pesos 00/100 M.N).
4.- Incumplimiento por parte del Director General del Instituto Electoral de Querétaro, a lo dispuesto en los artículos 79
Fracción I de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, 18, 49 y 50 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro, 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de haber celebrado Contratos de
Arrendamiento para uso de oficinas públicas y estacionamiento de fechas 01 de enero de 2007, sin contar con el
dictamen del monto de renta a pagar, acreditación ante el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos
y Contratación de Servicios del Instituto Electoral de Querétaro, respecto la necesidad de arrendar y acreditación de
la no posibilidad o conveniencia de adquirir los inmuebles que fueron arrendados.

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