Informe del resultado del proceso de fiscalización superior practicado a la Cuenta Pública del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Jalpan de Serra, Qro., correspondiente al periodo comprendido del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2006.

4 de julio de 2008 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4377
c) Construcción drenaje 2da etapa Las Misiones, en la Cabecera Municipal, con número de cuenta 5606-333-
040-0001-002, ejecutada con recursos del fondo FISM 2006, a través de la modalidad de administración directa,
debido a que el Municipio no planeó las obras necesarias para la misma, y haber realizado trabajos que no
beneficiaron a la obra, pagando en la factura número 423 del proveedor Sr. Hilario Guerrero Hernández, la
cantidad de 2 barandales de 2.20x0.60 metros, observándose que dicho gasto no tuvo un beneficio directo en la
obra, en virtud de que un barandal fué retirado del dren, quedando éste a resguardo del propietario del predio
que colinda con el dren construido.
d) Apertura de camino, en la localidad de San Antonio Tancoyol, con número de cuenta 5606-333-130-0060-
015, ejecutada con recursos del fondo FISM 2006, a través de la modalidad de administración directa, debido a
que el Municipio realizó una obra sin contar con su respectivo estudio y autorización de impacto ambiental, así
mismo por ejecutar la obra sin su proyecto, ya que no estaba bien definida en su trayectoria y no se
consideraron considerado las obras complementarias de drenaje, las cuales canalizarían el agua pluvial de
madera adecuada y de esta manera no afectar los trabajos ejecutados.
7. Incumplimiento por parte del Titular de la Dependencia Encargada de la Ejecución y Administración de Obras
Públicas Municipales de la Entidad fiscalizada, a lo dispuesto en los artículos: 2 fracción I, 30 fracción II, 31
fracción II, 31 último párrafo, 34, 46, 47, 48, 49, 51, 55, 59, 66 y 67 de la Ley de Obra Pública del Estado de
Querétaro, 129 de la Ley para la Organización Política y Administrativa del Municipio Libre del Estado de
Querétaro, 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
Querétaro; en virtud de que se observó un deficiente proceso de asignación y contratación, en la obra
“Techumbre de la cancha Sabino”, en la localidad de Sabino Chico, con número de cuenta 5606-334-050-0047-
001, ejecutada con recursos del fondo FORTAMUN 2006, a través de la modalidad de administración directa,
debido a que el Municipio asignó al proveedor Sr. José Luis Flores Rangel, la realización de la techumbre desde
su cimentación hasta su terminación, ejecutándose en obra la cantidad de $399,913.65 (Trescientos noventa y
nueve mil novecientos trece pesos 65/100 M.N.) I.V.A incluido, por lo que se debió haber realizado esta obra
bajo la modalidad de invitación restringida; esto originó que el Municipio no realizara el procedimiento de
asignación y la formalización del contrato respectivo para la realización de esta obra, y por consiguiente no
existieron garantías de cumplimiento y contra los vicios ocultos de la obra, de igual manera el ejecutor no cubrió
el 2% sobre el importe de los trabajos ejecutados con derecho por los servicios de vigilancia, inspección y
control necesarios para su ejecución, dejando de percibir el Municipio la cantidad de $6,955.02 (Seis mil
novecientos cincuenta y cinco pesos 02/100 M.N.), asimismo no existió la comunicación por escrito a la
contratante de la terminación de los trabajos y por ende no existió el acta de entrega-recepción entre el
contratista y la contratante.
8. Incumplimiento por parte del Regidor Síndico y Titular de la Dependencia Encargada de la Administración,
Servicios Internos, Recursos Humanos, Materiales y Técnicos del Municipio de la Entidad fiscalizada, a lo
dispuesto en los artículos: 3, 33 fracciones I, II y VIII de la Ley para la Organización Política y Administrativa del
Municipio Libre del Estado de Querétaro, y 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de haber celebrado “Convenios de apoyo
económico” a través de Servidor público no facultado para tales actos, con la “Escuela Primaria Melchor
Ocampo”, con vigencia del 1º. de octubre de 2006 al 30 de septiembre de 2009, y con el “Comité de Padres de
Familia del Jardín de Niños “Guillermo Prieto” del Puerto de San Nicolás, Jalpán, Qro.”, con vigencia del 2 de
octubre de 2006 al 30 de septiembre de 2009, comprometiéndose el Municipio a aportar la cantidad de $852.56
(Ochocientos cincuenta y dos pesos 56/100 M.N.) y la cantidad de $500.00 (Quinientos pesos 00/100 MN)
respectivamente, de manera quincenal para el pago de intendencia; así mismo celebró Convenio con la
“Escuela de Fútbol Cruz Azul en domicilio conocido”, con vigencia del 16 de octubre de 2006 al 15 de diciembre
del mismo año, comprometiéndose a aportar la cantidad de $2500.00 (Dos mil quinientos pesos 00/100 MN)
quincenales para el pago del entrenador de dicha escuela, y de la misma manera con el “Patronato del Asilo y
Protección de Ancianos en la Zona Norte del Estado de Querétaro “Fray Junípero Serra”, con vigencia del 1 de
octubre de 2006 al 31 de diciembre del mismo año, comprometiéndose a aportar $3000.00 (Tres mil pesos
00/100 M.N.) mensuales como apoyo al pago del personal que labora en dicho asilo.

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