Informe del resultado del proceso de fiscalización superior practicado a la Cuenta Pública del Municipio de Cadereyta de Montes, Qro., correspondiente al periodo comprendido del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2006.

4 de julio de 2008 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4323
Lo cual se llevó a cabo de acuerdo a las circunstancias, pruebas y procedimientos de auditoría necesarios para
alcanzar los objetivos previstos.
Para llevar a cabo la fiscalización de referencia, la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, elaboró una
planeación y programa para la revisión que se desarrolló bajo un calendario de trabajo.
Los estados informativos que conforman las cifras presentadas en la Cuenta Pública de la Entidad fiscalizada
son responsabilidad de la administración de la misma y se indican a continuación:
a) El Balance General;
b) El Estado de Resultados;
c) El Estado de Origen y Aplicación de Recursos
d) Estado de verificaciones a resultados de ejercicios anteriores
e) El Avance del Ejercicio Presupuestal.
Por lo que la opinión contenida en el presente informe, se emite conforme a bases razonables que la sustentan
debidamente.
V. Comentarios y observaciones de los resultados derivados de la fiscalización de la cuenta
pública de la Entidad fiscalizada.
Como resultado del proceso de fiscalización superior de la cuenta pública, y con fundamento en los artículos 24
fracción XI, 40 fracciones III, y V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Querétaro, se determino la
siguiente observación:
a) Observaciones
1. Incumplimiento del Titular de la Dependencia Encargada de las Finanzas Publicas Municipales del Municipio
de Arroyo Seco, Qro., y Director del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de
Arroyo Seco, Qro., a lo dispuesto en los artículos: 9, 18 y 96 fracción III, de la Ley para el Manejo de los
Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 48 fracción XIV de la Ley para la Organización Política y
Administrativa del Municipio Libre del Estado de Querétaro; y 11 fracción II del Decreto que crea el Sistema
Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Arroyo Seco, Qro., y 40 fracciones I, II y XXII
de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, en virtud de que la
Entidad fiscalizada omitió reflejar en sus Estados Financieros al 31 de diciembre de 2006, el saldo por
pagar al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Querétaro un importe de
$27,563.00 (Veintisiete mil quinientos sesenta y tres pesos 00/100 M.N.)., mismo que se señala en la
confirmación de saldos expedida por dicha dependencia Estatal.
2. Incumplimiento del Titular de la Dependencia Encargada de las Finanzas Públicas Municipales del Municipio
de Arroyo Seco, Qro., y Director del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de
Arroyo Seco, Qro., a lo dispuesto en los artículos: 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 9, 15, 95 96
fracción III, 99 fracción I y 102 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 8
fracción lll y 11 fracción II del Decreto que crea el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del
Municipio de Arroyo Seco, Qro., y 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de que la Entidad fiscalizada omitió presentar en tiempo y
forma ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los importes que refieren a las retenciones del
Impuesto sobre la Renta de Sueldos y Salarios así como lo que corresponde al Impuesto sobre Nóminas
ante la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado.

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