Informe del resultado del proceso de fiscalización superior practicado a la Cuenta Pública del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Arroyo Seco, Qro., correspondiente al periodo comprendido del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2006.

Pág. 4318 PERIODICO OFICIAL 4 de julio de 2008
a) “Ampliación de red de energía eléctrica”, en el Crucero del Sabinito, con número de cuenta: Proyecto 043,
ejecutada con recursos FISM (2006), a través de la modalidad de contrato de obra pública a precios unitarios,
con el contrato No. PMAS 11-2006 celebrado con la empresa “Construcciones Eléctricas Alta y Baja Tensión”
de Eloy García Reséndiz, ya que esta obra se terminó el 11 de octubre de 2006; sin embargo, en el
contrato se estipuló finalizar el 15 de septiembre de 2006.
b) “Ampliación de red de distribución eléctrica Casas Viejas”, en la comunidad de San José de las Flores,
con número de cuenta: Proyecto 062, ejecutada con recursos FISM (2006), a través de la modalidad de contrato
de obra pública a precios unitarios, con el contrato No. PMAS 10-2006 celebrado con la empresa “
Construcciones Eléctricas Alta y Baja Tensión” de Eloy García Reséndiz, ya que esta obra se terminó el 20 de
octubre de 2006; sin embargo, en el contrato se estipuló finalizar el 15 de septiembre de 2006.
32. Incumplimiento por parte del Titular de la Dependencia Encargada de la Ejecución y Administración de
Obras Públicas Municipales de la Entidad fiscalizada, a lo dispuesto en los artículos: 15 fracciones IV, V y VIII,
28 fracción II y 29 fracción II de la Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro, 44 de la Ley para la
Organización Política y Administrativa del Municipio Libre del Estado de Querétaro y 40 fracciones I y XXII de la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de que en la obra
“Construcción de dos aulas y servicios sanitarios en Video Bachillerato”, en Arroyo Seco, con número de
cuenta: Proyecto 046, ejecutada con recursos FISM (2006) (Como aportación de obra GEQ), a través de la
modalidad de contrato de obra pública a precios unitarios, con el contrato No. PMAS 03-2006 celebrado con la
empresa “Construcciones ARO” de Josefa Botello Sanjuán, no presentó evidencia documental de la
adquisición y regularización de la tenencia de la tierra donde se realizó la obra, y el estudio de impacto
ambiental, así como la autorización correspondiente.
33. Incumplimiento por parte del Titular de la Dependencia Encargada de la Ejecución y Administración de
Obras Públicas Municipales, é integrantes del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones y Contratación de
Servicios de la Entidad fiscalizada, a lo dispuesto en los artículos: 20 tercer párrafo y 21 de la Ley de Obra
Pública del Estado de Querétaro, 44 de la Ley para la Organización Política y Administrativa del Municipio Libre
del Estado de Querétaro, 40 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado de Querétaro; en virtud de que no se presentó evidencia del registro en el Padrón de Contratistas
y Padrón de Proveedores, respectivamente, en las siguientes obras:
a) “Construcción de dos aulas y servicios sanitarios en Video Bachillerato”, en Arroyo Seco, con número
de cuenta: Proyecto 046, ejecutada con recursos FISM (2006) (Como aportación de obra GEQ), a través de la
modalidad de contrato de obra pública a precios unitarios, con el contrato No. PMAS 03-2006 celebrado con la
empresa “Construcciones ARO” de Josefa Botello Sanjuán, de la empresa “Construcciones ARO” a quien se
le adjudicó y contrató esta obra
b) “Construcción Sistema de agua potable 3ra. Etapa”, con número de cuenta: Proyecto 019, ejecutada con
recursos FISM (2006), a través de la modalidad de administración directa, con un monto autorizado de
$902,000.00 y un monto ejercido hasta el cuarto trimestre de 2006 de $907,140.26, de la empresa “Comercial
Ferretera del Centro”, la cual realizó el suministro de materiales
34. Incumplimiento por parte del Titular de la Dependencia Encargada de la Administración de Servicios
Internos, Recursos Humanos, Materiales y Técnicos de la Entidad fiscalizada, a lo dispuesto por los artículos:
50 fracciones VII y VIII de la Ley para la Organización Política y Administrativa del Municipio Libre del Estado de
Querétaro y 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
Querétaro; en virtud de que no se han regularizado y por ende no cuentan con escritura pública a
nombre del Municipio los inmuebles en donde se ubican los siguientes Centros y Dependencias
Municipales, registrados en su activo fijo:

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