Código Fiscal de la Federación. VII-P-2aS-551

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PRECE DENT ES DE SAL A SU PERI OR
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-P-2aS-551
RECURSO DE REVOCACIÓN. ES IMPROCEDENTE SU
INTERPOSICIÓN EN CONTRA DEL CRÉDITO FISCAL QUE
DERIVA DE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN
MATERIA ADUANERA EN EL CUAL EL IMPORTADOR
RECONOCIÓ EXPRESAMENTE HABER INCURRIDO EN
LAS IRREGULARIDADES QUE SE LE IMPUTARON.- De
conformidad con la doctrina y la interpretación que el Poder
Judicial de la Federación ha realizado, se pueden señalar
como principales características del allanamiento, las siguien-
tes: 1) Expresa conformidad o sometimiento a la pretensión
reclamada por la contraparte, 2) Implica una renuncia al de-
recho de defensa, 3) Es un acto procesal mediante el cual se
reconoce expresamente la procedencia de la acción inten-
tada por la parte contraria, 4) Conlleva una confesión de los
hechos en que se sustenta la parte contraria, 5) Comprende
también los derechos invocados por la contraparte. Esto es,
el allanamiento es la actitud que se asume frente a la contra-
parte, en la que el que lo manifi esta se conforma, expresa e
incondicionalmente, con la pretensión hecha valer, admitiendo
los hechos, el derecho y la referida pretensión, por lo que
constituye una forma procesal autocompositiva para resolver
los confl ictos, que se caracteriza porque el interesado somete
su propio interés al de su contraparte. En consecuencia si
durante el procedimiento administrativo en materia aduanera,
el importador se allana expresamente a las irregularidades
señaladas en el acta de inicio y exhibe la pruebas con las que
acredita haber pagado las contribuciones omitas y las multas

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