Código Fiscal de la Federación. VII-P-1aS-674

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REVISTADEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL YADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-674
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN. ES
IMPROCEDENTE EL JUICIO CONTENCIOSO EN CONTRA DE
ACTOS EMITIDOS ANTES DEL REMATE, CONFORME AL PRI-
MER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 127 DEL CÓDIGO FISCAL DE
LA FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DEL 29 DE JUNIO DE
2006.- El primer párrafo del artículo 127 del CódigoFiscal de la Federación,
establece que las violaciones cometidas en el procedimiento administrativo
de ejecución hasta antes del remate, solo pueden impugnarse mediante el
recurso de revocación ante la autoridad fi scal, hasta el momento de la pu-
blicación de la convocatoria de remate, y dentro de los diez días siguientes
a la fecha de publicación de la mencionada convocatoria; y solo tratándose
de actos de ejecución sobre bienes legalmente inembargables o de actos de
imposible reparación material, el plazo para interponer el recurso de revo-
cación se computará a partir del día hábil siguiente al en que surta efectos
la notifi cación del requerimiento de pago o del día hábil siguiente al de la
diligencia de embargo.Por lo anterior, resulta improcedente el juicio conten-
cioso administrativo en contra de violaciones cometidas en el procedimiento
administrativo de ejecución antes del remate, al carecer del carácter de actos
o resoluciones defi nitivos, de conformidad con el artículo 8, fracción XVI de
con el artículo 14 primer y antepenúltimo párrafos de la Ley Orgánica del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; siendo procedente su
impugnación hasta el momentode la publicaciónde la convocatoriade remate
y dentro de los diez días siguientes a la fecha de publicación de la referida
convocatoria; con las excepciones previstas en el mismo numeral, en cuyo
caso, podrán controvertirse a partir del día hábil siguiente al en que surta
efectos la notifi cación del requerimiento de pago o al día hábil siguiente al
de la diligencia de embargo.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6834/11-17-11-4/615/13-S1-03-
04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Fe-

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